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'Caso 8-M' La jueza del 8-M rechaza la petición de archivo de la Fiscalía y la Abogacía del Estado y mantiene la citación de Franco

Destaca las "reticencias", "dificultades" y "dilaciones injustificadas" en la entrega de documentación a la Guardia Civil por parte del ministerio de Sanidad en la causa abierta contra el delegado del Gobierno en Madrid.

El delegado de Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, en una imagen de archivo. EFE/Luca Piergiovanni
El delegado de Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, en una imagen de archivo. EFE/Luca Piergiovanni

j. pÉREZ

La magistrada del juzgado de instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha rechazado este martes archivar la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, como solicitó la Abogacía del Estado y la Fiscalía y mantiene su declaración prevista para este miércoles.

La jueza, que investiga al delegado del Gobierno por un supuesto delito de prevaricación al permitir concentraciones en los días previos al estado de alarma, responde en su resolución de forma rotunda a cada uno de los reproches y argumentos esgrimidos por la Abogacía del Estado a la que recuerda que tardó un mes en recoger la documentación.

La Abogacía del Estado había pedido la nulidad del procedimiento, a lo que se se adhirió parcialmente la Fiscalía en un duro recurso que fue conocido este lunes, pidiendo también el archivo de esta investigación. La Abogacía del Estado acusó a la magistrada de emprender una "búsqueda voraz de indicios de delito" contra el Gobierno en su gestión de la covid-19.

En un auto de 17 folios, la magistrada rechaza la alegación de nulidad de las actuaciones, la paralización de las mismas y la indefensión esgrimida respecto al delegado del Gobierno en Madrid y secretario general de los socialistas madrileños.

La jueza incide en la suspensión de los plazos procesales con la declaración del estado de alarma e indica que la tramitación de este procedimiento penal no tiene por qué quedarse paralizado porque la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) señala en su artículo 184 que "todos los días del año y todas las horas serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial". "Este precepto no ha sido derogado", añade.

"Es algo notorio" -sostiene la magistrada- que los juzgados de instrucción, o al menos el suyo, han seguido tramitando causas durante el estado de alarma y, por tanto, ha continuado escuchando a peritos, testigos, investigados, ya fuera por videoconferencia o de forma presencial.

También rechaza la pretensión de los servicios jurídicos del Estado, respaldados por la Fiscalía, para que los recursos que ha interpuesto en defensa de Franco paralicen la investigación hasta que sean resueltos: "Aplicar una regla diferente a la prevista en la ley a los recursos de la Abogacía del Estado no tiene amparo ni legal, ni constitucional, pues supondría un trato favorable para este investigado -el delegado del Gobierno-, en relación con las demás partes".

"Reticencias" y "dificultades"  de Sanidad

La magistrada destaca en el auto que la Guardia Civil, en función de Policía Judicial, ha encontrado "reticencias", "dificultades"  y "dilaciones injustificadas" a la hora de recibir la documentación solicitada a distintos organismos, como el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias de Sanidad que dirige Fernando Simón.

"Acierta la Abogacía del Estado recurrente" al asegurar que la magistrada llegó a poner fechas límite para que se cumplimenten los oficios del juzgado. La razón se encuentra "en las demoras que algunos órganos oficiados transmitían a la Policía Judicial sin causa justificada y que los agentes trasladaban a esta instructora", destaca al relatar cómo el departamento de Simón decía tener la documentación recabada pero que no la entregaba a los agentes.

Instrucciones internas

Por otro lado, la jueza Rodríguez-Medel también rechaza el intento de la Abogacía del Estado de que no se recaben las recomendaciones e instrucciones que pudo dar Franco al personal de la Delegación del Gobierno en relación con la covid-19 desde el 1 de febrero hasta el 14 de marzo 2020, fecha de la declaración del estado de alarma.

La magistrada coincide con la Abogacía del Estado al asegurar que "esas instrucciones internas no son objeto de investigación", algo que ella misma ya ha "concretado en resoluciones anteriores". Sí lo son las "decisiones en materia de concentraciones/ manifestaciones".

Sin embargo, cree que este hecho "no impide recabar" las recomendaciones de Franco al ser "útiles para la investigación: permiten determinar el grado de conocimiento y alerta sobre la covid del investigado y ello puede ser relevante para valorar las decisiones que adoptó en materia de concentraciones y manifestaciones".

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