Público
Público

La Justicia admite que la ley de plazos impulsada por Gallardón entorpece la investigación de los corruptos

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia subraya en un escrito que la reforma que en su día impulsó el exministro de Justicia y que fijaba un límite de seis meses para la instrucción de aquellas causas que no pudieran ser catalogadas de complejas, "produce efectos negativos en la eficacia de la persecución pena".

Ignacio González y Alberto Ruiz-Gallardón, durante el mitin de cierre de la campaña del PP para las elecciones europeas en 2014. EFE

público

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2015 podría estar entorpeciendo la investigación de delitos vinculados con la corrupción. Así lo reivindican diversas asociaciones judiciales y así lo ha respaldado el Poder Judicial a través de un escrito al que ha tenido acceso Voz Pópuli

En concreto ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, quien ha puesto en evidencia, a través de un acuerdo de la sala de Gobierno, la reforma que en su día impulsó el exministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y que firmó su sucesor, Rafael Catalá. Una reforma que fijaba un límite de seis meses para la instrucción de aquellas causas que no pudieran ser catalogadas de "complejas". 

En su escrito, el Alto Tribunal murciano, evidencia que con esta nueva reglamentación "se limitan las clases de asuntos susceptibles de ser declarados complejos y, por tanto, de prorrogar el plazo de instrucción de seis meses, a solo aquellos que reúnen determinados y muy exigentes requisitos, con el resultado de que la gran mayoría de asuntos objeto de investigación judicial (un 98,5% de los 80.715 asuntos registrados en todos los juzgados de instrucción de la Región en 2018) deben ser instruidos completamente en el plazo de seis meses, sin posibilidad de prórroga".

Cabría añadir que la Justicia en la comunidad de Murcia ha tenido que servirse de la llamada 'ley Gallardón' para enjuiciar casos de cierta envergadura. Hablamos de procesos como el que acusaba al expresidente autonómico, Pedro Antonio Sánchez, de prevariación y falsedad, o de la turbia investigación de un agujero de 600 millones en la construcción por parte de ACS de la desaladora de Escombreras.

Así las cosas, el Tribunal Superior de Justicia se ha pronunciado al respecto alegando que, pese a "la bondad del objetivo perseguido por la LO 41/2015, de 5 de octubre, de reducir la duración de la fase de instrucción de las causas penales mediante la fijación de plazos máximos de instrucción", lo cierto es que la "forma en que se ha regulado esta materia en el artículo 324 LECR produce efectos negativos en la eficacia de la persecución penal, que ya fueron advertidos por el Consejo General del Poder Judicial en su informe de 12/1/2015 al Anteproyecto de Ley Orgánica de Modificación de la LECR para la Agilización de la Justicia Penal y el Fortalecimiento de las Garantías Procesales".

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias