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Ley de Seguridad Ciudadana El camino a la derogación de la ley mordaza: estos son los acuerdos ya alcanzados por los grupos

La reforma de la ley mordaza decayó a finales de febrero por culpa de un adelanto electoral. Los grupos habían avanzado en la modificación de muchos de sus aspectos más lesivos y se comprometieron a seguir trabajando en la próxima legislatura sobre los acuerdos alcanzados.

La Policía identifica a los asistentes al acto contra la 'ley mordaza' de Amnistia Internacional.- AMNISTÍA INTERNACIONAL

La reforma de la ley mordaza vuelve al Congreso, pero no lo hará partiendo de cero. La proposición de ley que se tramitó durante la XII Legislatura en la Cámara Baja para derogar sus aspectos más lesivos decayó a finales de febrero por culpa del adelanto electoral que derivó en los comicios del 28 de abril. Los grupos trabajaban sobre un texto presentado por el PNV y refundido con otro texto del PSOE para reformar la norma, que había sido bloqueada durante varios meses por la Mesa del Congreso (donde el PP y Ciudadanos tenían mayoría).

Tras la moción de censura que dio paso al Gobierno de Pedro Sánchez, la Mesa desbloqueó la tramitación de la norma y los grupos avanzaron sobremanera en apenas unos meses y lograron amplios consensos en determinadas reformas de calado. Tras el anuncio del adelanto de las elecciones, los grupos se reunieron por última vez para acordar el cierre adelantado de la ponencia. La decisión se tomó, entre otras cuestiones, para que la precampaña electoral no rompiese los acuerdos conseguidos en el seno de la Comisión de Interior.

Los partidos se emplazaron a continuar con los trabajos, en la medida de lo posible, en la próxima legislatura, pero este ciclo político resultó ser fallido y, aunque el PNV volvió a presentar el texto, no hubo tiempo ni para admitirlo a trámite. En febrero los grupos solicitaron a los letrados de la comisión un informe con un resumen de los puntos cerrados y de las enmiendas presentadas para que los trabajos de la reforma no comenzaran de cero. Estos son los principales consensos sobre la derogación de la ley mordaza.

Una definición de "seguridad ciudadana"

Los grupos habían conseguido importantes avances que modificaban sustancialmente la norma actual. En la primera reunión de la ponencia, se acordó acotar la definición de "seguridad ciudadana", cuya “ambigüedad” creaba espacios donde pueden producirse “abusos” por parte de los poderes del Estado; además, se incluyó una definición de seguridad ciudadana más aproximada a “garantizar los derechos y las libertades” frente a ciertas arbitrariedades.

Límites y derechos en los registros corporales

En las siguientes reuniones, los grupos acordaron que los registros debían practicarse “como norma general” en dependencias policiales, lo que limitaría sobremanera los registros que implican desnudos en la calle. Los agentes solo podrían practicar estos registros en la calle cuando percibieran la existencia de un riesgo real para su seguridad o la de la ciudadanía.

El objetivo de esta reforma era el de evitar que el registro corporal en profundidad se utilice como una medida disuasoria destinada a “humillar” a la persona y también el de evitar que existan posibles tratos discriminatorios. En la ley actual el único límite que se establece para estos registros es que se deberán efectuar “en un lugar reservado y fuera de la vista de terceros” en los casos en que se “exigiera dejar a la vista partes del cuerpo normalmente cubiertas por ropa”. Los grupos también habían avanzado, aunque sin un acuerdo definitivo, para que estos registros se hagan respetando cuestiones como la identidad sexual.

Retención en dependencias policiales

Los grupos también estudiaban cómo reducir el tiempo en el que una persona puede permanecer retenida en dependencias policiales para proceder con su identificación. Actualmente la norma fija un máximo de seis horas, pero la mayoría de los partidos estaban de acuerdo en incluir en la ley una estimación en base al tiempo medio que los agentes tardan en identificar a una persona.

Despenalizar la toma de imágenes a policías

Uno de los principios de acuerdo que fue más difícil de lograr fue el que pretendía despenalizar la toma de imágenes de policías y agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en actuaciones como las manifestaciones.

El apartado 23 del artículo 36 de la actual ley de seguridad ciudadana tipifica como "infracción grave" el "uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información".

La mayoría de los partidos tenían la intención de incluir un apartado en el artículo que precisara que no constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, de manera que solo se podría penalizar la difusión de estas imágenes cuando exista un riesgo "real" para la seguridad del agente. En la ley las infracciones graves acarrean multas que pueden ir de los 600 a los 30.000 euros.

Responsables de actos violentos en manifestaciones


En las últimas reuniones de la ponencia los grupos también habían alcanzado un principio de acuerdo para delimitar la responsabilidad de los organizadores y promotores de manifestaciones y reuniones. Los organizadores solo serían sancionados cuando no hayan dispuesto de suficientes medidas de seguridad y la manifestación se torne violenta.

De haber salido adelante la reforma, no se podría responsabilizar a estas personas de los actos violentos que puedan cometer otros asistentes a la manifestación. Si los promotores disponen las medidas de seguridad a su alcance (diálogo con la administración, instrucciones para guiar una marcha por una vía pública...) no serían sancionados aunque se produjeran hechos violentos.

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