Público
Público

Mili femenina El PSOE pide que el antiguo Servicio Social femenino compute para la jubilación

El Grupo Socialista puntualiza en una proposición no de Ley que este servicio era obligatorio cumplirlo entre tres y seis meses y se asemejaba al servicio de la mili, de hecho, era conocido como 'mili femenina'. 

Clase de costura organizada por la Sección Femenina impartida durante el franquismo. EFE

PÚBLICO / EFE

El grupo parlamentario del PSOE ha pedido este lunes que los días trabajados en el antiguo Servicio Social femenino, que era obligatorio durante la dictadura franquista, compute como cotizaciones para acceder a la jubilación anticipada.

El grupo socialista ha registrado una proposición no de Ley que insta al Gobierno a que este servicio "social" de las mujeres, similar al servicio militar o al que debían realizar los objetores de conciencia (Prestación Social Sustitutoria, PSS) cuente para cobrar la jubilación anticipada.

La iniciativa parlamentaria señala una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que considera como periodo cotizado este servicio y admite la demanda interpuesta por una mujer que le faltaban 19 días para acceder a los 30 años de cotización para obtener la jubilación anticipada.

El PSOE recuerda que el Servicio Social femenino se instauró en 1937 y se abolió en 1978, en justa correspondencia con los cambios introducidos por la Transición que acabó con el movimiento nacional y sus organismos, pero puntualiza que este servicio era obligatorio cumplirlo entre tres y seis meses y se asemejaba al servicio de la mili, de hecho, era conocido como 'mili femenina'.

El servicio social incluía una prestación social que podía desempeñarse en hospitales, escuelas, comederos, bibliotecas u otros centros y se configuró como un "deber nacional de las mujeres españolas de 17 a 35 años", que eran empleadas con un régimen jurídico equiparable al de los hombres en el servicio de armas.

La sentencia del tribunal vasco incide en que las condiciones de ese período de "trabajo activo prestado al Estado" y "excluido legalmente de cotización a la Seguridad Social" tiene una similitud patente con la mili o el PSS por lo que deben considerarse días cotizados. 

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias