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Incompatibilidad Juan Carlos Monedero recurrirá la sentencia del TSJM que declara incompatible su actividad como profesor y consultor

Los magistrados reconocen que el régimen de incompatibilidades contemplado en derecho "data de hace más de treinta años" y "adolece posiblemente de una cierta incongruencia". 

Juan Carlos Monedero. EFE

PÚBLICO | EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la resolución del rector de la Universidad Complutense De Madrid, que ne febrero de 2015 prohibió a Juan Carlos Monedero compatibilizar su trabajo como profesor de esa universidad con su labores de consultoría política y económica, producción audiovisual y realización de proyectos vinculados a las ciencias sociales.

Así lo ha acordado la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM en una sentencia que revoca, "por ser contraria a derecho", la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid, que declaró nula la decisión del rector. Contra la sentencia cabe interporner recurso de casación, algo que el propio Monedero ya ha anunciado que va a hacer.

En la misma línea, la Sección Sexta desestima el recurso contencioso-administrativo que interpuso Juan Carlos Monedero contra la resolución del rector, que puso inicio al procedimiento.

Monedero solicitó dicha compatibilidad en diciembre de 2014. Al denegarle la compatibilidad en febrero de 2015, la Universidad le abrió un expediente disciplinario que resolvió en julio de 2016, determinando que había cometido una falta muy grave y sancionándole con una suspensión de empleo y sueldo de seis meses; sanción que Monedero también ha recurrido.

Un régimen de incompatibilidades con "cierta incongruencia"

El juez del Juzgado Contencioso-Administrativo número 15, el 13 de enero de 2017, estimó en parte el recurso de Monedero contra la decisión de la UCM, al entender que la norma en la que se basó la Universidad para tomar esa decisión es "discriminatoria" con el profesor.

Según el magistrado, por el hecho de ser profesor "a tiempo completo", la Complutense aplicó a Monedero el mismo régimen de incompatibilidades que se aplica a quienes ocupan órganos unipersonales de gobierno y representación de la Universidad, y a quienes tienen asignado un complemento específico superior al 30 por ciento de su retribución básica.

Esta sentencia fue recurrida por la UCM, y ahora el TSJM ha decidido revocar la anterior, por lo que se mantiene la resolución que en su momento el rector fijó, y en la que denegaba la solicitud de compatibilidad de Monedero.

"Nada más lejos de la realidad los profesores titulares de la Complutense realizan otra actividad a tiempo completo. Lo cierto es que en el proceso se ha acreditado que se ha concedido compatibilidad pero con régimen de dedicación a tiempo parcial, nunca a tiempo completo como solicita el apelante", recoge la nueva sentencia.

Sin embargo, los magistrados reconocen que el régimen de incompatibilidades contemplado en derecho "data de hace más de treinta años" y "adolece posiblemente de una cierta incongruencia". "Es más puede que resulte ser, a día de hoy, algo, por no decir muy, anacrónico, lo que hace conveniente una revisión a fondo del mismo", señalan, a lo que responden, no obstante, que esta opinión "ciertamente subjetiva, no responde más que a un deseo, pero no a una conclusión".

Recurrirá ante el Supremo

En esta línea, el propio politólogo, que presentará un recurso de casación ante el Supremo, solicitará al alto tribunal que eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre la norma que regula el régimen de incompatibilidades que se le está aplicando, ya que el propio TSJM ha reconocido dicha ley como "anacrónica".

En concreto, solicitarán que pregunte si el citado régimen vulnera el principio de igualdad y no discriminación del profesorado de universidad respecto del resto de los funcionarios. "Hace tiempo que en España no nos queda mucho más que confiar en los jueces, así que en este caso seguiré todo el periplo judicial. Confiando en que, como ha ocurrido en el 100% de los casos, terminará dándome la razón", ha señalado asimismo Monedero en un comunicado.

La abogada del exdirigente explica, en conversación con Europa Press, que no es justo que a los profesores universitarios no se les aplique la misma normativa en lo que a las incompatibilidades se refiere que al resto de funcionarios, cuando sí se ven afectados por otras medidas, como la reducción de las pagas extras.

En concreto, la letrada se refiere al hecho de que el resto de funcionarios puedan renunciar a parte de su complemento salarial para poder realizar otras actividades, y mantener al mismo tiempo su jornada completa, y los profesores sólo puedan reducirse la jornada para poder compatibilizar la enseñanza con otras labores.

En cualquier caso, el propio Monedero explica que la decisión de TSJM no le afecta actualmente, ya que las actividades que realiza fuera de la Complutense, como la presentación de un programa de televisión en el diario Público, no conllevan un contrato laboral.

"Mi única relación laboral es con la complutense por lo que la sentencia no me afecta. Pero esto no es un asunto personal. Voy a recurrir al Supremo porque la ley, como reconoce el juez, se ha quedado vieja", ha zanjado.

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