Este artículo se publicó hace 11 años.
Todo lo que no hay que hacer en un escrache para que sea legal
El juez que ha avalado la accion frente a la casa de Sáenz de Santamaría destaca lo que estaría prohibido: "Golpear la puerta del domicilio, realizar pintadas, formar barricadas o causar daños al mobiliario urbano"
El juez que ha avalado el escrache en las inmediaciones del domicilio de Sáenz de Santamaría, por ser pacífico y un acto de libertad de expresión y manifestación, detalla en su auto las líneas rojas que no está permitido rebasar en este tipo de manifestaciones.
La resolución señala que el derecho de reunión "no ampara el insulto, la amenaza, la coacción y el uso de la fuerza", y especifica al respecto los actos de violencia que rebasarían el límite de legalidad de un escrache: "golpear la puerta del domicilio, realizar pintadas, intentar superar el control policial que rodeaba la vivienda, lanzar objetos, acometer a los agentes policiales, formar barricadas, causar daños al mobiliario urbano".
Esos actos serían abusos del derecho fundamental de manifestación tipificados como delitos de desórdenes públicos o atentado.
Sin embargo, el juez insiste en que "nada de esto se ha producido el día 5 de abril del presente año ante el domicilio de la familia de la vicepresidenta del Gobierno, pues lo relevante no es que la manifestación se haga ante ese domicilio particular de un político, sino que el derecho de manifestación se realice conforme determina el artículo 21 de la Constitución, de forma pacífica y sin armas, aunque no se realice la comunicación previa".
El juez admite que la concentración frente al domicilio de un cargo público ocasiona ciertas molestias, pero no sólo al políotico, sino a su familia y vecinos, ya que puede obstaculizar el tráfico, la salida o entrada del domicilio con vehículos, o el oirse consignas, reivindicaciones o gritos.
"Pero estas perturbaciones --señala el juez-- no se encuadran dentro de la violencia o la fuerza en las cosas que requiere el tipo de las coacciones y si en el ámbito de la libertad de expresión, y son consecuencia inevitable del ejercicio del derecho de manifestación".
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.