Este artículo se publicó hace 2 años.
El periodo de aviso de sanciones para la Zona de Bajas Emisiones de Madrid se amplía hasta el 1 de mayo
La medida busca reforzar la seguridad jurídica de los ciudadanos, ya que al introducir modificaciones en la base de datos tras los últimos cambios de empadronamiento de vehículos en diciembre podrían producirse sanciones indebidas.
Madrid-
El Ayuntamiento de Madrid amplía hasta el 1 de mayo el periodo de aviso de las sanciones para la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que limita el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes en la capital.
La medida busca reforzar la seguridad jurídica de los ciudadanos, ya que al introducir modificaciones en la base de datos tras los últimos cambios de empadronamiento de vehículos en el mes de diciembre podrían producirse sanciones indebidas. La prórroga de plazo del periodo de aviso asegurará que todos ellos reciban cartas informativas antes de comenzar a ser sancionados de forma reiterada y permitirá modificar los posibles errores que puedan existir en las bases de datos.
Así lo ha explicado, Borja Carabante, el delegado de Movilidad y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid: "Se amplía el periodo de avisos por accesos indebidos a la ciudad de Madrid de vehículos sin etiqueta no domiciliados en la capital en el interior de la M-30 para dotar de una mayor seguridad jurídica a los ciudadanos y continuar con las labores de comunicación e información para que la gente conozca las limitaciones de acceso".
Desde que Madrid ZBE entró en vigor el pasado 1 de enero y hasta el 24 de febrero, se han enviado 30.855 cartas informativas a los infractores especificándoles las razones que han motivado su regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.
La entrada no permitida en Madrid ZBE supondrá, a partir de marzo, una infracción grave de tráfico de 200 euros de multa
La entrada no permitida a las Zonas de Bajas Emisiones hasta el 20 de marzo supone una infracción leve de tráfico y es sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago. No obstante, a partir del 21 de marzo, debido a la reciente modificación de la ley, se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, 100 euros si es por pronto pago.
De los 78.000 accesos registrados en este periodo, una media de 1.454 vehículos fueron captados como indebidos. A su vez, el 31,7% de los accesos registrados representa la tasa de vehículos reincidentes.
Medidas de Madrid ZBE
El artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) contempla la restricción progresiva y por anillos territoriales de la circulación a los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes del año 2006 y gasolina previos al año 2000) desde enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Desde el 1 de enero de 2022 quedó prohibido el acceso y circulación de los turismos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
El próximo año quedará prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. Para enero del 2024, los vehículos con clasificación ambiental A no podrán acceder ni circular por las vías del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30, ni circular por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Algunas excepciones
El caso de los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones. También, podrán circular aquellos turismos con clasificación ambiental A, siempre y cuando sean para: el transporte de mercancías —hasta el 1 de enero del 2025—, el traslado de personas con movilidad reducida, los vehículos reconocidos como históricos, y los vehículos de emergencias o fuerzas armadas.
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