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El presidente del Constitucional rectifica y ahora se niega a convocar el pleno para avalar a los magistrados nombrados por el Gobierno

Pedro González-Trevijano se comprometió a convocar el pleno sobre el plácet a los magistrados nombrados por el Ejecutivo, pero este miércoles ha reculado, negándose a dicha convocatoria hasta que el CGPJ designe a sus dos magistrados. Así, el bloqueo del TC se prolongará hasta que se apruebe una reforma legislativa.

15 de diciembre de 2021. El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano (c) junto a otros jueces, en el primer Pleno jurisdiccional tras la renovación del órgano, en el Tribunal Constitucional, a 15 de diciembre de 2021, en Madrid, (E
El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano (c) junto a los otros magistrados del TC en un pleno del  15 de diciembre de 2021. Isabel Infantes / EUROPA PRESS

La renovación de un tercio de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC), que provocará una mayoría progresista, sigue pendiente de la designación de dos magistrados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), algo que continúa boicoteado por la oposición de la mayoría conservadora.

La mínima posibilidad de poder acometer esa renovación sin contar con el CGPJ se ha disipado en el pleno del TC de este miércoles, ya que su presidente, Pedro González-Trevijano, ha comunicado que no convocará el pleno para dar el plácet a los magistrados que ya ha nombrado el Gobierno, el pasado 29 de noviembre: el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez. 

González-Trevijano ha dicho en el pleno en el que se ha ratificado este miércoles la prohibición a los senadores de votar la reforma que iba a renovar el TC, que no lo hará hasta que el CGPJ nombre a sus dos magistrados. Con lo que el bloqueo se instaura en un largo plazo, que sólo podría romperse si las Cortes sacan adelante una reforma legislativa. 

El plácet o aprobación por parte del TC a los dos magistrados nombrados por el Ejecutivo tendría un efecto inmediato en la composición del tribunal de garantías.

De esa manera, tanto Pedro González-Trevijano, el presidente del TC, como el magistrado también conservador Antonio Narváez, serían sustituidos por Campo y Díez, con lo que el tribunal de garantías pasaría de estar conformado por seis votos conservadores frente a cinco progresistas a siete votos progresistas y cuatro conservadores. 

La dificultad de que esta vía prospere estriba en la oposición de esa mayoría de conservadores del TC a dar el visto bueno a los magistrados del Gobierno, algo que permitiría la salida de dos de los suyos, incluido el presidente. Precisamente este es quien tiene la competencia para convocar los plenos y el orden del día de los mismos. 

Fuentes progresistas del TC confirman a este diario que el presidente se comprometió este lunes a convocar el pleno para abordar el plácet a los magistrados propuestos por el Gobierno y que este miércoles, 48 horas después, ha rectificado. El plácet del TC es una medida puramente formal. El pleno debe constatar que los candidatos reúnen los requisitos para ser magistrados del Constitucional: una trayectoria como juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función. Algo que cumplen tanto el magistrado Juan Carlos Campo como la catedrática de Derecho Constitucional Laura Díez. 

Renovación por tercios

El argumento de los magistrados conservadores para negarle la aprobación a Díez y Campo es que es necesario primero que el CGPJ haga sus dos nombramientos, en cumplimiento de la Constitución, que indica que la renovación en el TC ha de hacerse por tercios, es decir, cada cuatro magistrados. 

Sin embargo, hay precedentes de la renovación en solitario del Ejecutivo que avalarían el derecho del Gobierno a hacer sus nombramientos sin esperar a que el CGPJ haga lo propio. Un precedente se sitúa en el origen del Constitucional y del propio Consejo. El 14 de febrero de 1980 arrancó el tribunal de garantías con sólo diez magistrados porque los dos que correspondían al CGPJ no pudieron nombrarse ya que aún no existía el órgano de gobierno de los jueces. Entonces el Ejecutivo designó a sus dos magistrados sin problema. Meses después, en octubre de 1980, nacía el CGPJ y poco después hacía sus nombramientos para el TC. 

El TC dijo hace seis años que se podía nombrar por separado

El propio Tribunal Constitucional sentenció al respecto el 15 de noviembre de 2016 : "Cuando un órgano que tenga obligación de nombrar magistrados del Constitucional no lo haga en tiempo y forma eso no puede retrasar a otro órgano". El tribunal de garantía resolvió un recurso del PSOE sobre la renovación del CGPJ y decía para el caso en el que Congreso y Senado no procedan simultáneamente a la renovación que la cámara que esté en condiciones de nombrar a sus vocales lo hará sin esperar a la otra cámara. Advertía el TC que un caso así "habría de ser rigurosamente excepcional", como parece que lo es esta crisis institucional abierta por el bloqueo en la renovación del Constitucional desde hace seis meses.

En todo caso, los juristas partidarios de poder renovar sólo con los magistrados del Gobierno aducen que la imposibilidad de que el CGPJ designe a sus dos magistrados se debe a la oposición de los vocales conservadores y que esa actitud no puede interferir en el derecho del Ejecutivo a hacer sus nombramientos, como marca la Constitución.

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