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El Supremo avala el nombre de Podemos como partido político

Rechaza una querella contra Pablo Iglesias y su formación por la coincidencia de nombres con una empresa registrada en la Oficina de Patentes y Marcas.

Podemos

JULIA PÉREZ

MADRID.- El Tribunal Supremo ha avalado el nombre de Podemos como partido político aunque existe una marca homónima inscrita en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

En un auto, el alto tribunal ha archivado una querella contra el eurodiputado Pablo Iglesias presentada por José Jorge González Herrán, titular de la marca "Podemos" registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas en la clase 45, relativa a Servicios de Grupo de Presión Política. González Herrán se querelló contra Iglesias, Carolina Bescansa y el propio partido político Podemos, por delito contra la propiedad industrial, al considerar que están utilizando una marca que le corresponde en exclusiva.

El auto de archivo, apoyado por la Fiscalía del Supremo, explica que ese delito requiere que el atentado a los derechos del legítimo poseedor se realice en el ámbito mercantil o industrial. En concreto, "sólo se produciría en la medida en que la conducta típica de reproducir, imitar, modificar o utilizar se realice dentro del ámbito mercantil o industrial".

En el caso de Podemos como partido político, “todo indica que la actividad de los querellados no tiene como objetivo fines industriales o comerciales, cuando menos en su ámbito prioritario o sustancial, ya que se muestra ajena al campo empresarial y se circunscribe al campo político, encontrándose inscrito 'Podemos' como partido político en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior", argumenta el auto dictado por la Sala Segunda del Supremo.

La circunstancia de que los querellados pudieran realizar de forma secundaria una actividad económica relacionada con los signos distintivos de su partido político "no quiere decir que su conducta como entidad esté encauzada y tenga como objetivo prioritario fines comerciales o industriales, ni prestar servicios de esa índole", añade el Supremo, que no aprecia indicio alguno de delito.

En su querella, que también se dirigía contra Carolina Bescansa y el propio partido político Podemos, González Herrán consideraba que estaban utilizando una marca que le corresponde en exclusiva y, por tanto, denunció los hechos como constitutivos de un delito contra la propiedad industrial.

El Supremo recuerda que mientras la marca del querellante se encuentra registrada en Patentes, la de la formación de Iglesias figura en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

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