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El Supremo confirma que Grau, mano derecha de Barberá, cometió cohecho pero anula su condena por blanqueo

El tribunal absuelve a Alfonso Grau como responsable de un delito de blanqueo de capitales por el que se le impuso una pena de tres años y tres meses de prisión, junto con el pago de una multa de 25.095 euros.

El exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, junto a la exalcaldesa, Rita Barberá. EFE/Archivo
El exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, junto a la exalcaldesa, Rita Barberá. EFE/Archivo.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a nueve meses de prisión y a dos años de suspensión de empleo y cargo público para el ex primer teniente de alcalde de València en el gobierno de Rita Barberá, el 'popular' Alfonso Grau, por aceptar como regalo dos relojes de lujo de un empresario que había suscrito 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015.

El tribunal, sin embargo, ha anulado la condena que recaía sobre Grau como responsable de un delito de blanqueo de capitales por el que se le impuso una pena de tres años y tres meses de prisión, junto con el pago de una multa de 25.095 euros, según ha informado el Tribunal Supremo en un comunicado.

Según la sala, las pruebas aportadas "no permiten alcanzar la conclusión de intencionalidad en la que descansa la condena con exclusión de otras alternativas igualmente razonables, concretamente la ofrecida por la defensa de que los relojes regalados se cambiaron para disfrutar del delito perpetrado mediante el disfrute de otras piezas de mayor preferencia personal".

Por ello, la sala ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por el ex primer teniente de alcalde contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la condena a cuatro años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial por un delito de cohecho y otro de blanqueo de capitales.

A su vez, el tribunal ha desestimado el recurso de casación planteado por el empresario Urbano Catalán, responsable de Transvia y Viajes Privilege, contra su condena a nueve meses y un día de prisión por un delito continuado de cohecho.

En este caso, la sala entiende que la sentencia impugnada subraya acertadamente que los hechos probados describen con suficiencia las exigencias típicas del delito objeto de condena, "pues no solo reflejan una desmesura por el valor y la exclusividad de los regalos", sino que detallan también que los regalos se hicieron "en atención a que Alfonso Grau era el primer teniente de alcalde del Ayuntamiento" y responsable del Área de Dinamización Económica y Empleo de la corporación local, entre cuyas delegaciones estaba la de contratación.

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