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El Supremo inadmite la recusación de Torra contra 11 magistrados que revisan su inhabilitación

Acuerda apartar al ponente, Miguel Colmenero, porque ha sido designado miembro de la Junta Electoral Central y el presidente catalán fue condenado por desobedecerla.

El presidente del Tribunal Manuel Marchena, junto a los jueces Andrés Martínez, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral. EFE
El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Manuel Marchena, junto a los jueces Andrés Martínez, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral. EFE

j. PÉREZ

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del presidente de la Generalitat, Quim Torra, con el que pretendía apartar de la revisión de su condena a 11 de los magistrados de la Sala de lo Penal. Al mismo tiempo, ha aceptado la abstención solicitada por el magistrado al que le correspondió por turno la ponencia de este caso, Miguel Colmenero, ya que ha sido designado miembro de la Junta Electoral Central (JEC).

El pleno de la Sala de lo Penal ha dictado un auto que califica como "extemporánea" la pretensión de la defensa de Torra de apartar del caso a la mayoría de los miembros de la Sala de lo Penal.

Estas recusaciones planteadas por Torra se fundan en "causas que se invocan de manera arbitraria, que no guardan relación con el objeto del pleito o causa, que no es otro que un incidente de abstención", sostiene la Sala que preside Manuel Marchena.

Resolver la petición de abstención planteada por Torra, prosigue el auto, no compromete la imparcialidad de los magistrados, que sólo se limitan a decidir si ésta es o no justificada.

Además, el hecho de que la recusación se plantee contra toda la Sala de lo Penal en el seno de un incidente de abstención hace que, según distintas resoluciones del Tribunal Constitucional, carezca "de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo".

Torra recusó a los 11 magistrados porque habían intervenido en decisiones previas, como son recursos contra órdenes de detención e ingreso en prisión o por haber participado en la JEC o en la Fiscalía General.

El Supremo responde que es "absolutamente inane todo lo que el recurrente expone en su escrito de recusación: si determinados magistrados son vocales de la Junta Electoral Central, si han participado en otros procedimientos que -según su subjetiva percepción- guardan relación alguna con el presente recurso o si han adoptado determinadas decisiones sobre la libertad de otras personas".

Por lo tanto, los magistrados que pretendía apartar Torra formarán parte el 17 de septiembre del tribunal que revisará su condena a un año y medio de inhabilitación por desobedecer a la Junta Electoral Central que le había ordenado retirar pancartas colocadas en plena campaña electoral en edificios públicos, como la propia sede de la Generalitat.

Esta misma la Sala reunida en pleno ha aceptado que el magistrado Miguel Colmenero se aparte del procedimiento que revisará la sentencia que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat), tal y como él solicitó tras haber sido designado miembro de la Junta Electoral Central.

Una vez aceptada la abstención de Colmenero, la Sala deberá designar un nuevo ponente encargado de redactar la sentencia sobre el presidente catalán.

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