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El Supremo juzgará a doce líderes independentistas del 'procés' y deriva al TSJC a los seis acusados por desobediencia

El alto tribunal ha decidido enviar al TSJC la causa contra los cinco exmiembros de la Mesa del Parlament y la exdirigente de la CUP Mireia Boya, acusados únicamente por desobediencia. 

La vista por las cuestiones previas del caso del "procés" . EFE/Ballesteros

PÚBLICO | EFE

El Tribunal Supremo ha confirmado su competencia para juzgar el caso del 'procés', que implica a doce líderes independentistas, si bien ha decidido enviar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la causa contra cinco exmiembros de la Mesa del Parlament y la exdirigente de la CUP Mireia Boya, acusados únicamente por desobediencia. 

"La previsible duración de la causa especial que nos ocupa, la continuada presencia de los procesados durante las prolongadas sesiones del juicio oral y, en fin, el obligado desplazamiento de quienes solo van a responder al delito de desobediencia, sugieren a la Sala desgajar esa secuencia fáctica para su enjuiciamiento en Barcelona", sostiene el tribunal.

De esta manera, el Supremo será el encargado de juzgar a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Dolors Bassa, Joaquim Forn, Santi Vila, Meritxell Borràs, Carles Mundó y también los 'Jordis' y Carme Forcadell. La Fiscalía pide hasta 25 años de cárcel para Oriol Junqueras por rebelión y la Abogacía del Estado 12 años por sedición.

Por otro lado, los exmiembros de la Mesa del Parlament Ramona Barrufet, Anna Simó, Lluís María Corominas, Joan Josep Nuet, Lluís Guinó y además Mireia Boya, la exparlamentaria de la CUP, serán juzgados por desobediencia en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Esta decisión se debe a que la Sala ha estimado los artículos de previo pronunciamiento (equivalente a las cuestiones previas) planteados por estos seis acusados. 

Entre sus argumentos para enviar la causa respecto a los seis acusados por desobediencia, la Sala recuerda en este momento del procedimiento cuenta con un elemento del que carecía el instructor, Pablo Llarena, y la Sala de Recursos: el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía. Es precisamente el "relato histórico" que realizan las acusaciones, según la Sala, lo que ha permitido valorar "de forma enriquecida la inescindibilidad del hecho" y tomar esta decisión. Ahora bien, la Sala matiza que con su auto no quiere cuestionar la decisión de Llarena, que sí que procesó en una misma causa a los seis acusados que ahora se quedan fuera de este procedimiento.

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