Un teniente coronel de la Marina preguntó si fue "lícito" el "secuestro, tortura y muerte" de Lasa y Zabala
El Boletín de la Infantería de Marina publicó en junio de 2017 un análisis del militar Fernando Dodero sobre los "ataques selectivos" y el "derecho de guerra". Entre otros ejemplos, citaba el caso de los jóvenes asesinados por el GAL en 1983.
Bilbao-Actualizado a
El "vale todo" que el Gobierno de Felipe González instauró para luchar contra ETA generó dudas e interrogantes en ambientes militares. Las preguntas se mantuvieron siempre dentro de los cuarteles, salvo excepciones. En junio de 2017, un militar publicó un análisis sobre "ataques selectivos" en el que cuestionaba si el asesinato de Joxi Zabala y Josean Lasa, cometido hace ahora 40 años, fue "lícito".
El número 28 del Boletín de la Infantería de Marina –una publicación oficial editada por el Ministerio de Defensa– tenía entre sus artículos destacados un texto del teniente coronel de Infantería de Marina Fernando Dodero Martínez sobre los "ataques selectivos" con drones y sus implicaciones en el "derecho de guerra".
El militar situaba precisamente a los aviones no tripulados en el contexto de la "lucha contra el terrorismo". Destacaba así su utilización por parte de EEUU en lugares como Afganistán y analizaba uno de los asuntos más complejos: el riesgo de cometer vulneraciones a lo contemplado por el Derecho Internacional Humanitario.
"¿Fue lícito el secuestro, tortura y muerte intencionada de los supuestos militantes de la banda terrorista ETA, Lasa y Zabala?", se pregunta el militar. En esa línea, Dodero Martínez muestra su adhesión al Comité Internacional de la Cruz Roja en torno a la idea de que "matar a un adversario, o abstenerse de darle la oportunidad de rendirse, cuando no sea claramente necesario el uso de la fuerza letal" atentaría "contra las nociones básicas de humanidad".
El militar recuerda así que "es principio consagrado del derecho internacional que las normas internacionales de derechos humanos siguen aplicándose durante los conflictos armados como complemento del derecho de la guerra".
"La opinión generalista de que la mera participación en la planificación de un ataque es suficiente para que una persona sea considerada objetivo militar, incluso cuando no hay ninguna prueba de un ataque concreto e inmediato, distorsiona los requisitos establecidos en las normas internacionales de los derechos humanos", subraya.
Legítima defensa
El militar cita a Jaume Saura, catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Barcelona, quien advertía que "en derecho internacional no existe el concepto de legítima defensa contra grupos terroristas".
"¿Alguien es capaz de imaginar a España bombardeando en Francia, donde ETA establecía santuarios para evadir la acción contraterrorista del Estado español?", se preguntaba el autor del artículo.
"No cabe otra respuesta que la ajustada a derecho, y en ese sentido se debe poner de manifiesto que la ley sobre el uso de la fuerza entre Estados sirve principalmente para proteger los derechos jurídicos de los Estados, incluidos el derecho y el interés del Estado a proteger la vida de sus ciudadanos y habitantes frente a cualquier acto hostil", subraya.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.