Este artículo se publicó hace 3 años.
El Tribunal Constitucional tumba el cierre del Parlamento durante las primeras semanas del confinamiento
Por seis votos a favor y cuatro en contra, los magistrados aceptan el recurso de Vox contra la suspensión de la actividad parlamentaria en el primer estado de alarma en marzo de 2020. Meritxell Batet recuerda que la decisión se tomó por criterios sanitarios y después de que Vox lo pidiera ante la cuarentena de varios de sus diputados.
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado por seis votos a favor y cuatro en contra el recurso presentado por Vox contra la suspensión de la actividad parlamentaria al comienzo del primer estado de alarma en marzo de 2020. El TC declara así inconstitucional el cierre del Congreso y del Senado en aquellos primeros días de la pandemia y considera que se vulneraron los derechos de los diputados y los senadores.
El 19 de marzo de 2020, tras las primeras restricciones por la pandemia, la Mesa del Congreso aprobó —con los votos de PSOE y Unidas Podemos– congelar los plazos de las iniciativas, lo que implicaba dejar en suspenso las respuestas del Gobierno o la presentación de enmiendas a los proyectos y proposiciones de ley. En la práctica, la decisión suponía suspender la actividad parlamentaria.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados, no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes del Estado y, de modo particular, el Congreso, porque de lo contrario se vulnera el derecho fundamental de participación política.
En la resolución de admisión a trámite, el TC ya explicó que en este recurso concurría una especial trascendencia constitucional porque planteaba un problema y afectaba a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este órgano.
Asimismo, apuntó que la impugnación planteada por Vox trascendía del caso concreto al plantear una cuestión jurídica relevante y generaba repercusión social o económica y porque podía tener unas consecuencias políticas generales.
En el último pleno, la votación quedó cinco a cinco y el ponente Antonio Narváez, cuya propuesta inicial desestimaba el recurso de Vox, aceptó los planteamientos de una mayoría conservadora del tribunal y se comprometió a redactar una nueva sentencia que declarará la inconstitucionalidad de la suspensión parlamentaria.
Este es el segundo golpe a la estrategia jurídica del Gobierno por su actuación durante la pandemia, una vez que el TC ya declaro inconstitucional el primer estado de alarma. Es muy probable que haga lo mismo con el segundo estado de alarma.
Tras conocer la sentencia, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ha recordado que el Congreso acordó suspender parte de su actividad durante dieciocho días en cumplimiento de las instrucciones de las autoridades sanitarias en una situación de pandemia y después de que Vox lo pidiera ante la cuarentena de varios diputados del partido.
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