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El TS exculpa a un guardia de tráfico que grabó con el móvil la bronca con un infractor

El agente no advirtió al conductor de que le estaba grabando. El Supremo cree que la actuación es reprochable pero que no vulnera la intimidad

ANDRÉS MUÑIZ

El Tribunal Supremo ha exculpado a un guardia civil que grabó de forma oculta con su móvil la discusión que mantuvo con un supuesto infractor en una carretera de Asturias, sin informar al ciudadano en cuestión de que le estaba grabando. El hombre estaba siendo denunciado por no llevar puesto el chaleco reflectante.

El alto tribunal admite que la actuación del citado agente fue reprochable, pero que no vulneró el derecho a la intimidad, ya que 'la grabación no se produjo para el conocimiento de la vida íntima del ciudadano que estaba siendo denunciado', sino como 'mecanismo de defensa' del guardia civil ante sus superiores por tratarse de un conductor denunciado otras veces por el expedientado como por otros miembros del destacamento.

Por ello, anula la sanción por falta grave impuesta al agente por el director general de la Guardia Civil, y confirmada por el Tribunal Militar Central, de suspensión de funciones y pérdida de haberes por diez días. Sin embargo, el Supremo añade que lo que hizo el guardia, aunque violase la intimidad del conductor denunciado, es merecedora de reproche.

Así, señala que los guardias civiles tienen la exigencia de extremar el respeto a los ciudadanos y a sus derechos y libertades, por lo que grabar de forma oculta la conversación con un ciudadano al que están denunciando es un comportamiento incorrecto. No obstante, deja la conducta impune porque no tiene capacidad, en ese momento procesal, de imponerle ninguna sanción o reputarle autor de una infracción sin infringir el derecho de defensa del guardia.

Los hechos ocurrieron el 30 de junio de 2011 en una carretera de Asturias, cuando los guardias extendieron una denuncia al conductor porque no llevaba puesto el chaleco reflectante teniendo el coche parado en el arcén. Ello dió lugar a un incidente por estar disconforme el ciudadano.

El guardia le grabó sin decírselo supuestamente como mecanismo de defensa ante sus superiores porque había habido otras denuncias anteriores contra la misma persona. El expediente contra el agente derivó de una queja del ciudadano.

La sentencia cuenta con el voto particular de uno de los cinco magistrados que formaron el tribunal, Benito Gálvez, que señala que debió desestimarse el recurso del guardia y confirmar su sanción, ya que usó con un ciudadano un medio no reglamentario, infringiendo así su deber como guardia civil.

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