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Apenas 300 contratos en 2018 para suplir a las mujeres víctimas de violencia machista

Desde que está en vigor esta modalidad, hasta el pasado mes de octubre, los contratos de interinidad han mantenido guarismos muy bajos. 

Pancarta que reza "nos queremos viva" durante el 8M. EUROPA PRESS

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Las condenas por violencia machista alcanzaron un máximo histórico en 2018. Sin embargo, pese a las 35.000 condenas, solo se contabilizaron 315 contratos bonificados para sustituir a mujeres maltratadas en el mercado laboral español.

Así lo recoge un estudio de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado a partir de los datos del Servicio Público de Empleo Estatal.

De esta manera se denuncia la escasa utilización de un recurso "del que dispone el Estado" para ayudar a las empresas a que presten apoyo a las mujeres que por sus circunstancias tengan que abandonar total o parcialmente su trabajo durante un tiempo para afrontar su problema, aseguran desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).

El sindicato propone una estrategia para detectar en el ámbito laboral posibles víctimas de violencia machista, con el desarrollo de la figura del delegado/a sindical especializada en Igualdad.

Desde que está en vigor esta modalidad, hasta el pasado mes de octubre, los contratos de interinidad han mantenido guarismos muy bajos. En 2013 se firnaron 550, 152 en 2014, 184 en 2015, 209 en 2016, 386 en 2017, 315 en 2018 y 281 en lo que llevamos de 2019.

Contratos bonificados para sustituir a mujeres víctimas 

De esta manera, el CSIF contemplaría que las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia machista que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo tendrán derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante todo el período de suspensión de la trabajadora sustituida.

Cuando se produzca la reincorporación, ésta se realizará en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato de trabajo.  Pese a que las cifras de sustituciones en empresas no se compadecen con el alcance numérico de las víctimas en España, los datos evidencian que cada día una mujer se acoge a una excedencia o reduce su jornada, a causa de la violencia de género.

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