Este artículo se publicó hace 3 años.
El Gobierno, dividido a la hora de reconocer la violencia institucional contra las mujeres en el sistema de Justicia
La delegada del Gobierno contra la violencia de género, Vicky Rosell, confirma que el Ministerio de Igualdad realizará un informe para analizar las violencias ejercidas por el propio Estado, una afirmación que los ministerios de Pilar Llop y Fernando Grande Marlaska ven con malos ojos.
Marisa Kohan
Madrid-Actualizado a
El Ministerio de Igualdad se ha marcado como una de sus metas para el año próximo analizar y entender la violencia institucional que sufren las mujeres en el sistema de Justicia cuando denuncian violencia de género o abusos sexuales hacia sus hijos, y definir medidas para ponerle coto. Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la violencia de género, lo avanzó este lunes afirmando que "esta delegación ya ha incluido en el Plan de mejora del conocimiento para 2022 una labor específica de estudio de las consecuencias del Síndrome de Alienación Parental u otros síndromes sin base científica que están haciendo tanto daño a las mujeres, y de sus consecuencias en cuanto al posible maltrato institucional".
Se trata de un compromiso adquirido por el Ministerio de Igualdad tras reunirse a principios de diciembre con un amplio número de madres que han sufrido este tipo de violencia en el sistema de justicia. La denominada Plataforma de Madres Protectoras ha contabilizado más de 400 casos de mujeres que han pasado por una experiencia similar en el sistema de Justicia. En la cita, a la que acudieron madres llegadas desde distintos puntos de España, participaron también juristas, abogadas y expertas en violencia de género.
Esta reunión tuvo lugar el pasado 2 de diciembre, sólo una semana antes de que un grupo de expertos de las Naciones Unidas hiciera público un duro comunicado afirmando que nuestro país "tiene que hacer más" para proteger a los menores en el sistema de justicia y para no discriminar a las mujeres. En el comunicado exigían a España que los tribunales "superen los prejuicios contra las mujeres" y apliquen "un enfoque centrado en los niños y de género".
"Los menores en España están expuestos a la violencia y los abusos sexuales por un sistema judicial que no les protege de los padres abusivos", afirmaban ocho expertos de diversas relatorías de las Naciones Unidas.
Fuentes de la Relatoría contra la violencia hacia al mujer de esta institución, una de las firmantes del comunicado, explicaron posteriormente a este periódico que es alarmante el número de denuncias que han recibido de madres de nuestro país (más de 30 desde 2019) relatando una actuación similar en la Justicia española. Unas cifras que "indican que existe un patrón estructural", sobre el que la ONU ya pidió explicaciones en varias ocasiones a nuestro país.
Se trata de madres que denuncian el maltrato institucional que sufren tanto ellas como sus hijos e hijas por parte del sistema judicial cuando denuncian violencia de género o abusos sexuales por parte de sus parejas hacia sus hijos e hijas. Muchas de estas mujeres acaban perdiendo la custodia de los menores y siendo victimizadas por el sistema judicial, que las acusa de dañar las relaciones paterno filiales. En numerosos casos, la Justicia acaba entregando la custodia de los menores a los padres denunciados y separando a las madres de sus hijos e hijas, prohibiéndoles el contacto con ellos u obligándolas a verles en un punto de encuentro vigilado. Así es como el sistema de Justicia español aplica el denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP), un trastorno no reconocido por ningua institución médica o psiquiátrica, a pesar de que el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lleva años advirtiendo de que no puede utilizarse. Para intentar frenarlo, la aplicación del SAP ha sido prohibida de manera expresa en la Ley contra la violencia en la infancia.
"Hemos recibido con mucha preocupación el informe de las Relatorías Especiales de derechos humanos y de violencia contra la mujer de Naciones Unidas, identificando incluso un patrón de actuación, de reacción, en el ámbito de la Justicia de las madres que denuncian abusos, sean sexuales o físicos", reconoció Victoria Rosell. Y afirmó también que para un Estado, reconocer la violencia institucional "es un paso adelante histórico y valiente que necesita un análisis sosegado y riguroso, pero también autocrítico en cuanto al funcionamiento de, entre otros, el poder judicial".
Justicia e Interior no reman en la misma dirección
Este reconocimiento no será tarea fácil. No solo por la complejidad de una iniciativa pionera, sino porque además, dos grandes ministerios implicados, Justicia e Interior, no parecen remar en la misma dirección.
El pasado jueves ambos ministerios votaron en contra del informe preceptivo sobre el III Plan de Igualdad entre mujeres y hombres 2022-2025 presentado por el Instituto de las Mujeres y que el Ministerio de Igualdad espera aprobar en Consejo de Ministros en el primer trimestre del año. El motivo de la discrepancia es un párrafo que denuncia expresamente la violencia institucional que sufren las mujeres en la Justicia, ejemplificándola con dos casos concretos: el de Juana Rivas y el de Irune Costumero. Este último, es uno de los casos específicos por el que la Relatora contra la violencia hacia la mujer de Naciones Unidas pidió a España explicaciones, por el uso del falso SAP.
Desde Interior se opusieron a la inclusión del párrafo por entender que contenía "una mención en términos genéricos a la violencia institucional y al Poder Judicial en relación a algunos procesos judiciales concretos, que este ministerio no puede compartir".
Según la agencia Europa Press, el ministerio de Justicia también señaló que ese contenido podría ser contraproducente para las víctimas, que es arriesgado hablar de violencia institucional cuando "es un término sin definir" y que este tipo de declaración puede tener un "efecto disuasorio".
Si bien ninguna ley estatal incluye una definición expresa de lo que es "violencia institucional", este tipo de violencias ejercidas por el Estado están desde hace años ampliamente reconocidas en diversos tratados de derechos humanos sobre la mujer que han sido firmados y ratificados por nuestro país.
Su definición se usó por primera vez en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia sobre la Mujer de Naciones Unidas, que ya en 1993 afirmaba que el Estado no puede perpetrar ni tolerar la violencia contra las mujeres.
También el Convenio contra todas las formas de discriminación hacia la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) exige a los estados abstenerse de cometer cualquier acto o práctica de discriminación por parte de las autoridades e instituciones. Más recientemente el Convenio de Estambul, un documento clave del Consejo de Europa, que fue ratificado por España en 2014, afirma que los Estados se deben abstener de cometer cualquier acto de violencia contra las mujeres y se asegurarán de que las autoridades, los funcionarios, los agentes y las instituciones estatales, así como los demás actores que actúan en nombre del Estado se comporten de acuerdo con esta obligación. Este convenio también obliga a los Estado a tomar "las medidas legislativas y otras necesarias para actuar con la diligencia debida para prevenir, investigar, castigar y conceder una indemnización por los actos de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio cometidos por actores no estatales".
Nuestro país no ha traspasado este mandato a ninguna ley de carácter nacional, pero sí ha habido algunas comunidades autónomas que lo han hecho. Es el caso de Castilla La-Mancha y de Catalunya, en la que se prohibe expresamente el uso del Síndrome de Alienación Parental y se incluye el concepto de "diligencia debida".
Algunos países latinoamericanos han sido pioneros en incluir y prohibir este tipo de violencias ejercidas por el estado, como el caso de México en 2006 o la ley Argentina de 2009, y que han sentado las bases, incluso, de lo que se entiende por violencia de género institucional. La ley mexicana en su artículo 18, por ejemplo, afirma que "son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia". La ley Argentina amplía esos actores a los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
Para la jurista Tania Sordo, experta en violencia de género y derecho
internacional, "si en un caso de violencias machistas el Estado no responde y reproduce estas violencias, las estaría perpetrando o tolerando, por lo que podríamos hablar de violencia institucional".
Victoria Rosell considera que para acabar con la violencia institucional hacia las mujeres en el sistema judicial es "esencial dar una formación especializada, en la que no sólo se escuche el Poder Judicial a sí mismo o el Ministerio Fiscal a sí mismo, y en este sentido va el convenio suscrito con el Centro de Estudios Jurídicos y la propuesta ya confeccionada con un programa al Consejo General del Poder Judicial para que escuchen a psicólogas, a expertas, a sociólogas y a víctimas en cada uno de los cursos de formación y especialización, sin los cuales queremos que no se tenga acceso a estas decisiones judiciales".
Rosell reconoce que no es un proceso que pueda llevarse a término a corto plazo. "Pero escuchando a estas mujeres y especialistas, en especial el informe de la Relatora, creemos que es nuestro deber abordarlo".
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