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Fraude iDental El juez vuelve a exigir a las entidades financieras que dejen de reclamar dinero a los perjudicados por iDental

El magistrado recuerda que el 5 de diciembre de 2018 ya acordó la medida cautelar de suspensión de las reclamaciones que hubieran formulado las diez entidades financieras que suscribieron contratos vinculados a los tratamientos de iDental.

Manifestación ante el Ministerio de Sanidad de afectados por la empresa de odontología iDental. - EFE

EFE

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata ha reiterado su exigencia a las entidades financieras, tanto a bancos como a empresas de recobro, de que dejen "de inmediato" de reclamar a los perjudicados por el fraude de iDental los créditos que suscribieron en su día para financiar sus tratamientos dentales.

En un auto, el magistrado recuerda cómo el pasado 5 de diciembre acordó la medida cautelar de suspensión de todas las reclamaciones que hubieran formulado las diez entidades financieras que suscribieron contratos vinculados a los tratamientos de las clínicas del Grupo Idental y a los que permanecen vinculados los perjudicados por este fraude.

Indica ahora que se han recibido escritos que ponen de manifiesto que hay entidades que están haciendo reclamaciones a los afectados basándose en esos contratos de crédito que firmaron los afectados, así como de otras que podrían haber comprado paquetes de esos créditos, es decir, refinanciadoras, y que están exigiendo el pago a los perjudicados.

Por ello, De la Mata reitera la medida cautelar cursada en su día a los bancos y a otras entidades "para el caso" de que hayan reanudado sus reclamaciones, y también les pide que no incluyan en ficheros de información patrimonial a los afectados que hayan dejado de pagar los créditos.

Pide lo mismo "a aquellas otras entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza, que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio de aquellos contratos de créditos". Y menciona concretamente a las empresas de recobro (que compran a las entidades carteras de créditos impagados) Link Finanzas SLU, LC Asset 1 SARL y Hoist Finance Spain SU.

Medida cautelar dictada en diciembre de 2018

El juez adoptó en diciembre esa medida cautelar teniendo en cuenta que muchos de los damnificados, en los casos más graves, "se ven incluso imposibilitados de acudir a un nuevo tratamiento que trate de resolver su caso, o completar el tratamiento".

Trataba así de garantizar una protección eficaz de los derechos del consumidor, evitando que una situación claramente injusta se mantenga durante la tramitación del proceso principal.

La medida, sostenía el juez, permite a los usuarios/prestatarios no sufrir aún más perjuicios, que se han visto incrementados "como consecuencia de la ejecución de un contrato al consumo vinculado a un contrato de servicios que no han sido prestados".

En esta causa, el magistrado ha procesado ya, en una de sus piezas, a siete integrantes de la antigua cúpula del grupo odontológico por 24 delitos contra la Seguridad Social que causaron un perjuicio de 23,6 millones a las arcas públicas.

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