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Un jurado declara culpables de la muerte de  una niña de cuatro años a la madre y su pareja

Considera a él autor también de la agresión sexual, maltrato habitual y otros cuatro delitos de lesiones A la madre le imputa también tres delitos de maltrato con lesión, otro de maltrato habitual pero le exonera de la violación y el abandono.

El presidente de la Audiencia de Valladolid, Feliciano Trebolle, durante la lectura del veredicto. EFE/R.GARCÍA

europa press

El jurado popular ha emitido veredicto este sábado de culpabilidad de Roberto H.H. y Davinia M.G. sobre la muerte intencionada de Sara, la niña de 4 años e hija de la segunda que el 3 de agosto de 2017 murió en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid al que llegó el día anterior agónica tras recibir una bruta paliza antes de ser violada vaginal y analmente.

Las cuatro mujeres y cinco varones integrantes del jurado, quienes ya el miércoles por la tarde comenzaron la deliberación, han dado a conocer esta mañana su decisión, una vez respondidas las 138 preguntas del objeto del veredicto, para responsabilizar a los dos encausados de la muerte violenta de la pequeña, en el caso de Davinia por comisión por omisión.

Además, Roberto deberá responder por cuatro delitos de maltrato con lesión y de otro de maltrato habitual, mientras que no ha sido considerado autor de otros otros dos delitos de lesiones de los que venían siendo acusado.

En el caso de ella, amén de su responsabilidad por la muerte de su propia hija, Davinia ha sido acusada de tres delitos de maltrato con lesión y de otro de maltrato habitual, mientras que ha quedado libre de la agresión sexual padecida por Sara, del delito de abandono de la niña y de un total de tres delitos de maltrato con lesión.

Receso para replantear peticiones 

Conocido el veredicto, el magistrado Feliciano Trebolle ha hecho un receso para que las partes puedan estudiar el mismo a los efectos de mantener o bien modificar las peticiones de condena de las acusaciones expuestas el último día, desde prisión permanente para ambos por asesinato hasta otras condenas, a mayores, de 24 años de cárcel para Roberto y 25 para Davinia, así como para que las defensas, que pedían la absolución, hicieran lo propio.

En concreto, Fiscalía, en su informe final emitido el pasado día 17 de mayo, consideró a Roberto H.H. autor material de seis delitos de maltrato con lesiones en el ámbito familiar, un delito de maltrato habitual, otro de violación a una menor de 16 años y asesinato. Mientras, respecto de la madre le imputó los mismos delitos por omisión, así como otro, este en calidad de autora material, de abandono de menores.

Así, la acusación pública interesaba para ambos procesados, por el delito de asesinato, prisión permanente revisable, así como por el resto penas que suman para Roberto 24 años de cárcel y 25 para la progenitora de la pequeña, además de 15 años de libertad vigilada una vez salieran de la cárcel.

La acusación particular, en representación del padre biológico de la pequeña, única que pedía la absolución de Davinia, solicitaba también para el principal encausado prisión permanente revisable por asesinato y otros 24 años de cárcel por la comisión de otros ocho delitos.

Por su parte, Adavasymt imputaba a los dos encausados un delito de asesinato, seis delitos de lesiones y otro de maltrato, así como un delito continuado de violación en el caso de Roberto y de abandono de menores en el caso de Davinia, con lo que, amén de la petición de prisión permanente revisable para ambos, esta acusación popular pedía para la mujer un conjunto de penas que suma 13 años de cárcel y para el que fuera su novio, 24.

Finalmente, la Asociación Clara Campoamor exoneró a los acusados del delito de lesiones relativo al golpe que la niña sufrió en la sien el 28 de julio--les pedía por él cinco años--pero mantuvo invariable el resto de su calificación que incluye seis delitos de lesiones, con petición de un año por cada uno, otro de maltrato habitual por el que solicita tres años, uno de violación a menor de 16 años, con petición de 15 años más, y otro de asesinato, por el que interesa la prisión permanente revisable, además de otros 15 años de libertad vigilada una vez que recuperen la libertad.

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