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Un maltratador, a prisión por acosar a su expareja por 'whatsapp'

Un juez de Teruel encarcela a un joven investigado por malos tratos tras denunciar su excompañera que quebrantó la orden que le prohibía mantener cualquier tipo de contacto con ella

El acusado admitió haber enviado a su ex pareja los seis mensajes de wathsapp, que seguían en su teléfono cuando declaró ante el juez.

Entre rejas por enviar seis mensajes de whatsapp. El juez de Violencia contra la Mujer de Teruel ha ordenado el ingreso en prisión preventiva de D. D., al que la Fiscalía imputa un delito de quebrantamiento de la medida cautelar de no comunicarse con ella que le había impuesto el juzgado de Valencia que lo investiga por malos tratos.

El joven, detenido por la Guardia Civil, reconoció haber enviado esos mensajes (cuyo contenido no ha trascendido) durante su declaración ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel, encargado de los asuntos de violencia machista en esa ciudad. De hecho, los mensajes seguían siendo visualizables en su teléfono cuando fue interrogado.

El auto de ingreso en prisión señala que D. D. “incumplió de forma consciente e intencionada la prohibición de comunicación respecto de su ex pareja”, ya que le había sido “notificada personalmente la orden de alejamiento con prohibición de comunicación que se encontraba en vigor” y “tenía perfecto conocimiento” de su contenido.

“Era perfecto conocedor de lo que estaba haciendo y de sus consecuencias legales y, pese a ello, el día 21 de junio de 2018, envió 6 mensajes de whattsapp al teléfono de su ex pareja”, narra el auto.

Riesgo de fuga ante una eventual condena de un año

El joven ya ha sido condenado en una ocasión por quebrantar órdenes judiciales, aunque en este caso la pena de cuatro meses de cárcel que le impuso un juzgado de Valencia quedó suspendida con la condición de “que no delinca ni resida o acuda” a esa ciudad en tres años. Debería cumplirla si es condenado de nuevo.

La orden de prisión tiene como objetivo, según indica el auto, evitar que pueda atentar contra la “la integridad física y psíquica” de la mujer, “quien ya había sufrido violencia psíquica respecto del agresor y cuya seguridad tampoco puede garantizarse -de una manera plena- con una mera orden de alejamiento o prohibición de residencia aun cuando hubiere dispositivo telemático”.

“No existe garantía alguna que no vaya a perpetrar nuevos ataques violentos contra la vida, integridad física o psíquica de la perjudicada”, añade la resolución, en la que el juez considera que “existe un manifiesto riesgo de fuga” del imputado ya que se enfrenta a una eventual condena de un año de prisión.

Los cargos por conductas castigadas con menos de dos años de prisión no suelen conllevar el paso por la prisión preventiva, aunque esta medida sí se aplica cuando se trata de asuntos de violencia familiar. “Dicha medida es necesaria”, anota el juez, “dado que no existe otro medio menos restrictivo que permita evitar aquellos riesgos”.

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