Público
Público

Ocho años de cárcel por abusar de la nieta de su expareja, embarazándola

Aprovechándose de las cordiales relaciones que seguía manteniendo con la familia de su expareja, el acusado pasó un día de playa con la menor, de la que abusó sexualmente.

EFE

La Audiencia de Alicante ha condenado a un hombre a ocho años de prisión por abusar sexualmente de una menor, nieta de su expareja sentimental, que quedó embarazada como consecuencia de ello y dio a luz a un niño.

Según la sentencia, facilitada hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), los hechos ocurrieron en agosto de 2013, cuando la menor tenía 12 años y el acusado, 49. El procesado, vecino de Alicante y nacido en Santiago de Chile, conoció a la niña por haber mantenido una relación de pareja con la abuela de la menor durante aproximadamente una década.

Aprovechándose de las cordiales relaciones que seguía manteniendo con la familia de su expareja, el acusado pasó un día de playa con la menor, de la que abusó sexualmente

Aprovechándose de las cordiales relaciones que seguía manteniendo con la familia de su expareja, el acusado pasó un día de playa con la menor, de la que abusó sexualmente. Como consecuencia de ello, la niña quedó embarazada y dio a luz por cesárea a un niño en abril del año pasado.

La resolución judicial expone que, según el informe psiquiátrico y la declaración testifical de la madre de la menor, "el acusado no padece ningún tipo de trastorno mental, ni ha precisado durante su estancia en el centro penitenciario" por esta causa "ningún tipo de tratamiento, comprende el alcance de su conducta y actúa libremente".

La Sección Primera de la Audiencia de Alicante le impone ocho años de cárcel por un delito de abuso sexual y cinco años de libertad vigilada. Además, el condenado deberá indemnizar con 40.000 euros a la víctima y no acercarse ni comunicarse con ella por un tiempo de diez años.

La Sala considera acreditada la paternidad del procesado, al que priva de la patria potestad y le obliga a abonar 180 euros mensuales en concepto de alimentos para su hijo. El fallo, contra el que cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, señala que "no consta suficientemente acreditada la existencia de otros contactos sexuales" con la menor cuando ésta tenía 13 años.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias