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Sentencia del procés El Supremo defiende la "protección" de la unidad de España: "No es una extravagancia"

La sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal enumera varios preceptos incluidos en distintas constituciones europeas "encaminados a reforzar la integridad del territorio sobre el que se asientan los respectivos Estados". Entre ellos, hay ejemplos de "algunos de los países de origen de los observadores internacionales contratados por el Govern".

Fotografía de archivo de los líderes independentistas durante el juicio del 'procés'. / EFE - EMILIO NARANJO

"La protección de la unidad territorial de España no es una extravagancia". La sentencia condenatoria a la cúpula del procés catalán, dada a conocer este lunes por el Tribunal Supremo, rechaza con esta frase los argumentos de la defensa de Jordi Cuixart, líder de Ómnium Cultural -condenado a 9 años de prisión y otros 9 de inhabilitación absoluta por sedición-, que durante el juicio oral denunció la vulneración "masiva" de derechos fundamentales en Catalunya, como consecuencia de la "sobreprotección de la unidad de España". 

En el fallo, el Supremo afirma que "no tiene razón", y defiende que varios países europeos recogen en sus respectivas constituciones ciertos preceptos que blindan "la integridad del territorio". Entre ellos, y “con especial rigor”, lo hacen "algunos de los países de origen de los observadores internacionales contratados por el gobierno autonómico catalán”, apostilla el Alto Tribunal. 

El Supremo dice que es "un error" partir de la idea de que se está sobreprotegiendo la unidad territorial: "Se nubla el análisis y se convierten las legítimas actuaciones del Estado en actos represivos"

"La protección de la unidad territorial de España no es una extravagancia que singularice nuestro sistema constitucional", esgrime el Supremo. De hecho, partir de este presupuesto -la "sobreprotección" de la unidad territorial-, supondría, según el tribunal, incurrir "en un error". "Se nubla el análisis y se convierten las legítimas actuaciones del Estado en actos represivos llamados a subyugar un pueblo", apunta el fallo. 

Como ejemplo, la sentencia rubricada por el magistrado Manuel Marchena, presidente del tribunal del procés, menciona los casos de la Constitución alemana; la francesa; la italiana; la portuguesa; la de Luxemburgo -"Es un Estado democrático, libre, independiente e indivisible"-, la belga o la griega. 

"Lo que la defensa del Sr Cuixart denomina una sobreprotección de la unidad territorial no fue sino la legítima actuación de dos órganos jurisdiccionales - Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona y Tribunal Superior de Justicia de Catalunya- para la investigación y enjuiciamiento de unos hechos que, en el plano indiciario que se corresponde con el momento inicial de cualquier investigación, presentaban los caracteres de delito. Esa actuación judicial no puede ser etiquetada como una reacción llamada a desbordar el estado democrático de derecho". "Tampoco lo fueron las acciones promovidas por el Ministerio Fiscal", apostilla el texto. 

No obstante, en su respuesta el Alto Tribunal obvia que la defensa del líder de Ómnium cultural se refirió a un cuarto actor que actuó contra la hoja de ruta independentista, el partido ultraderechista Vox. "Cuatro actores sin competencia legal al efecto o más allá de sus competencias -Juzgado de Instrucción 13, Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox", refirió concretamente el equipo legal de Cuixart. El Supremo cita sus palabras, pero sólo justifica la labor de tres de los cuatro actores mencionados, sin siquiera mencionar al partido ultraderechista.

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