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El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha indemniza con 5,2 millones a los padres de una niña por lesiones en el parto

A raíz del "deficiente control y seguimiento" durante el período del parto, la recién nacida sufrió "un grave y severo daño neurológico".

Sede del Sescam, imagen de Archivo.
Sede del Sescam, imagen de Archivo. Carlos Monroy / SESCAM

El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) tendrá que indemnizar con 5,2 millones de euros a los padres de una niña de Valdepeñas por las lesiones ocasionadas durante el parto. Un acuerdo entre la acusación particular con las compañías aseguradoras del Sescam (Zúrich y Mapfre) ha evitado que el asunto llegue al Tribunal Supremo, según ha informado el Defensor del Paciente.

Las dos sentencias dictadas por un Juzgado de lo Penal de Ciudad Real en 2019, así como la posterior de la Audiencia Provincial del año 2022 condenan a una matrona y un ginecólogo del Hospital de Valdepeñas como autores de un delito de lesiones por imprudencia profesional menos grave y como responsables civiles al Sescam y las aseguradoras Mapfre y Zúrich.

El Defensor del Paciente indica que por medio de este acuerdo se finaliza el procedimiento iniciado en el año 2013 y se declara firme la sentencia.

La madre de la niña "había tenido una gestación normal y todos los controles previos habían resultado normales", según la sentencia. Durante el control de la evolución del parto, la matrona "decidió prescindir de una de las dos cinchas que se utilizan para la monitorización de la frecuencia cardiaca fetal y el control de la dinámica uterina del sistema Eco-Doppler, sistema que tiene por finalidad la detección de los signos precoces indicativos de una posible pérdida de bienestar fetal, esa decisión impidió que se controlase efectivamente la situación física del feto".

"Tampoco se dio importancia a los 26 episodios de disminución de la frecuencia cardiaca del feto, a niveles de 80 e incluso 60 latidos por minuto que se marcan en el registro gráfico ni a las nueve anotaciones de bradicardia que quedaron impresas en dicha tira, esto es, descensos de la frecuencia cardiaca fetal, claras e inequívocas señales de alarma en la evolución de ese período de parto", ha relatado el abogado Francisco Fernández-Bravo.

Según reconocen las sentencias, pese a estas "claras e inequívocas señales de alarma" en la evolución, tanto el ginecólogo como la matrona respectivamente, encargados del seguimiento y control del parto "y apartándose de la pericia que les era exigible en atención a sus conocimientos, con un proceder absolutamente negligente, no adoptaron las medidas necesarias encaminadas a solucionar la situación de pérdida de bienestar fetal, en orden a la finalización del parto y evitación de un sufrimiento fetal irreversible".

A raíz del "deficiente control y seguimiento" durante el período del parto, la recién nacida sufrió "un grave y severo daño neurológico" como consecuencia de la falta de oxígeno, causada por el descenso repetido y mantenido de la frecuencia cardiaca fetal.

La menor presenta encefalopatía hipóxico-isquémica con parálisis infantil grave de predominio distónico, convulsiones y alimentación mediante sonda de gastrostomía endoscópica. Ha tenido que pasar varias veces por el quirófano y vive en una situación de total dependencia.

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