Público
Público

Las tres versiones de la Policía por las que la Fiscalía pidió tres años de cárcel para dos jóvenes

El coordinador de la Primera Unidad de Intervención Policial de la Policía Nacional mutó su versión de los hechos por los cuales fueron acusados dos jóvenes por los disturbios tras el Rodea el Congreso de 2013. La Fiscalía, basándose en la versión de la Policía, solicitó tres años de prisión para cada uno de ellos. Un vídeo demostró que las tres versiones no se ajustaban a la realidad.

Un manifestante es detenido por varios miembros de la Policía Nacional durante la protesta 'Rodea el Congreso' en 2013. -EFE
Un manifestante es detenido por varios miembros de la Policía Nacional durante la protesta "Rodea el Congreso" en 2013. -EFE

ALEJANDRO TORRÚS

La Fiscalía pidió para los jóvenes R.R. y J.O. una pena de tres años de prisión para cada uno. La razón: haber agredido o intentado agredir a un agente de Policía para entorpecer su labor durante la manifestación del Rodea el Congreso de 2013. Les pedían, a cada uno, dos años de prisión por un delito de desórdenes y otro año más por otro delito de resistencia. La Fiscalía no se inventó la acusación. El coordinador de la Primera Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional, también conocidos como antidisturbios, había sido el responsable de la detención de estos dos jóvenes y él mismo, junto con otros dos agentes, firmó el atestado policial de sus detenciones, acudió a declarar a fase de instrucción y, también, al juicio.

En un primer momento, el coordinador de la Primera Unidad de UIP señaló en el atestado, firmado la misma noche de los incidentes, que había detenido a los jóvenes por "insultar y entorpecer de forma grave la actuación policial" y a R.R, en concreto, por intentar golpear a los agentes. La versión de este coordinador varió de cara a su declaración en fase de instrucción. En este momento, el agente de Policía señaló que la mujer le increpó llamándole "cabrón e hijo de puta" y "dándole palmadas en el pecho". Ya no era un intento de agresión, sino, directamente, la mujer había golpeado en el pecho al coordinador de la Primera Unidad de UIP. 

"Me llegó a agredir con alguna patada y algún puñetazo también lanzó", señaló el agente de Policía en el juicio

Pero aún quedaba un paso más. Seis años después, en el juicio que tuvo lugar en el juzgado de lo penal nº 11 de Madrid a finales de 2019, el mismo agente de Policía indicó que la joven le había empujado y lanzado "patadas". "Me llegó a agredir con alguna patada y algún puñetazo también lanzó", señaló el agente de Policía en el juicio, a la vez que afirmaba que los insultos proferidos por la joven no tenían nada que ver con su detención.

Sin embargo, los dos acusados por las versiones de este agente fueron absueltos. La Fiscalía retiró los cargos tras comprobar, en sede judicial, que los hechos no habían transcurrido tal y como fueron descritos por la Policía.

Un vídeo, aportado por la defensa, demostró que los acusados no habían agredido ni intentado agredir a los agentes. Tampoco habían tratado de evitar la detención de otra persona, tal y como les incriminaban. Las imágenes también demostraron, y en palabras del magistrado, que la actuación de los policías fue "absolutamente desproporcionada".

Concretamente, el magistrado reflejó lo siguiente en la sentencia del juicio que se hizo pública la semana pasada sobre el contenido del vídeo: "La Policía empuja a los manifestantes con porras y escudos y haciendo cargas; detienen a una, la coacusada R.R., a la que se abraza el coacusado J.O, no se aprecia que hayan hecho nada, los acorralan contra la pared en una operación que parece absolutamente desproporcionada, intentan separarlos entre cinco agentes y les rodean otros seis; los manifestantes que hay alrededor protestan con educación al Jefe de la Unidad".

"No se aprecia que hayan hecho nada (...) en una operación que parece absolutamente desproporcionada", dice el magistrado sobre la actuación policial

Antes de todo esto, sin embargo, el coordinador de la UIP había reiterado en sede judicial que sí había habido agresión, otro agente había afirmado que la chica se abalanzó sobre los agentes lanzando "manotazos y patadas" y, por último, un tercer agente había señalado que el joven detenido había lanzado "patadas y golpes" para intentar evitar la detención de su amiga.

Pero sus declaraciones no se ajustaban a la realidad y el vídeo así lo demostró. La Fiscalía retiró los cargos, los jóvenes fueron absueltos después de seis años conviviendo con una petición de prisión de tres años para cada uno y que, en caso de confirmarme, implicaba su entrada en prisión. 

La defensa de los dos jóvenes pidió al juzgado de los penal nº11 de Madrid que dedujera testimonio contra los agentes. Es decir, que sacara copia testimoniada de la declaración de los agentes del vídeo del juicio, del atestado y lo confrontara con las imágenes que permitieron comprobar la inocencia de los acusados.

El magistrado, sin embargo, no se pronunció al respecto en su sentencia. Se mostró crítico con la actuación policial, pero guardó silencio respecto a la petición de deducir testimonio.

Así, el abogado de la defensa, según ha podido saber este diario, ha presentado ya un escrito en sede judicial para que el magistrado resuelva si accede a deducir testimonio contra los agentes por posible falso testimonio o, por el contrario, no emprende ningún tipo de acción ante unas declaraciones de agentes de Policía no ajustadas a la realidad y, por las cuales, la Fiscalía llegó a solicitar tres años de cárcel, que implicaba su entrada en prisión, para dos jóvenes hoy inocentes.

Hasta cinco meses de cárcel para seis personas

Una de las manifestaciones de Rodea el Congreso de 2013.- AFP
Una de las manifestaciones de Rodea el Congreso de 2013.- AFP

El juicio por el Rodea el Congreso de 2013 se saldó con penas de entre tres y cinco meses de cárcel para seis de las doce personas imputadas por el Rodea el Congreso de 2013 tras un largo proceso judicial que comenzó en diciembre de 2013 tras una multitudinaria protesta por los planes del Ejecutivo de Mariano Rajoy para aprobar la conocida como 'ley mordaza'.

La defensa de los dos jóvenes ha pedido al magistrado una deducción de testimonio contra los agentes 

La Justicia impuso una pena de cinco meses de prisión a B.L., por el delito de atentado a la autoridad ya que considera como hecho probado que la acusada "agredió" a un policía que "quiso dialogar con los manifestantes" para proporcionarles "un itinerario seguro alternativo".

La misma pena, pero por un delito de desórdenes públicos, han recibido otras cuatro personas (D.M., A.J., R.G. y R.R.M.) quienes, según la sentencia lanzaron botellas a agentes de Policía. Asimismo, R.R.M. suma otra condena de "cinco meses de multa" por un delito de daños. Por último, C.P ha sido condenado a una pena de tres meses de prisión por un delito de desórdenes públicos.

Malas prácticas que no son aisladas

No es la primera vez que sucede que una declaración de un agente de Policía no ajustada a la realidad está cerca de costar la cárcel a personas inocentes. Casos en los que la Justicia no ha dado por buena la versión de agentes de Policía o Guardia Civil en juicios por delitos de atentado contra la autoridad o resistencia por parte de activistas o sindicalistas.

Contradicciones, medias verdades, olvidos casuales o relatos interesados por parte de algunos agentes de la autoridad que si hubieran sido tomados al pie de la letra por un juez habrían provocado que personas inocentes entraran en prisión.

Casos como el de Raquel Tenías, en las Marchas de la Dignidad en mayo de 2014. La Fiscalía le pedía cuatro años de cárcel porque la Policía había señalado que Tenías había participado activamente en un grupo que lanzaba piedras a los manifestantes. El juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, sin embargo, absolvió a Raquel Tenías de los delitos que se le imputaban y dejó en evidencia la versión de los policías. En su auto, el titular del juzgado señala que el "relato de hechos contenido en el escrito de acusación no se ajusta a la secuencia de lo ocurrido".

Otro caso conocido es el de los 8 de Airbus. La Fiscalía pidió ocho años de cárcel para cada uno de los sindicalistas acusados en el juicio de los 8 de Airbus, la petición de cárcel fue la mayor que se solicitó jamás en España contra unos sindicalistas desde la reinstauración democrática. El juez decidió absolver a todos los acusados y se mostró muy crítico con el proceso seguido para llevar a cabo las identificaciones (se producen cerca de dos años después de los hechos) y señaló reiteradamente en su sentencia las "contradicciones e inconsistencias" de las declaraciones de los agentes policiales. Finalmente, fueron absueltos.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias