Este artículo se publicó hace 2 años.
Victoria Rosell: "Todavía no hemos visto una revisión de penas en que se haya aplicado correctamente la nueva norma"
Igualdad insiste en que la rebaja de penas a condenados por violencias sexuales es un problema de aplicación de la norma y no de fallos en la ley. Piden calma y exige al Poder Judicial y la Fiscalía que aúnen criterios.
Marisa Kohan
Madrid-Actualizado a
El Ministerio de Igualdad ha reafirmado este viernes que la Ley Integral de la Libertad Sexual, más conocida como del solo sí es sí, no tiene fallos ni agujeros y que la alarma creada por las sentencias que rebajan las penas a los condenados por delitos sexuales se deben a "errores judiciales claros en una aplicación precipitada, sin calma, sin reflexión, de forma automática y sin una buena lectura de la ley". Así lo explicó Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, en una rueda de prensa.
"Todavía no hemos visto un caso en el que realmente se haya aplicado correctamente el nuevo esquema sobre las condenas que automáticamente se están reduciendo mirando sólo los mínimos", añadió Rosell que abundó que la resolución de los posibles fallos están en el tejado del Poder Judicial, no en el Gobierno.
Desde Igualdad han pedido esperar a que se pronuncie el Poder Judicial, incluida la Fiscalía General del Estado, que ha afirmado que analizará la rebaja de condenas conocidas para asegurarse que se han hecho de acuerdo a la nueva norma. Rosell espera también que en breve el Ministerio Fiscal elabore unas normas claras poniendo en el centro a las víctimas.
Para el Ministerio que dirige Irene Montero, la implicación del Poder Judicial es clave, dada la gran disparidad de criterios con los que se están aplicando las rebajas de condenas, tanto geográficos como entre jueces de un mismo juzgado con hechos similares. "Unos dicen que no revisan porque la pena cabe" en la nueva norma mientras "otros llegan a decir que se han despenalizado" supuestos. "No es cierto. Ninguna conducta sexual ha quedado despenalizada", añade Rosell.
Diversas Audiencias Provinciales han organizado reuniones con los jueces de las distintas secciones para unificar criterios en la aplicación de la nueva ley en los próximos días. Las disparidades territoriales en estas primeras semanas de aplicación de la nueva norma están siendo llamativas. La Audiencia de Madrid ha hecho públicos tres casos en los que diversos jueces han reducido las penas a violadores condenados y fuentes de este tribunal han afirmado a este diario que no pueden saber cuántas más llegarán. Que probablemente puedan ser decenas, pero que habrá que esperar. También han afirmado que a menos que las sentencias originales contengan agravantes por "prevalimiento", en general la tendencia será a reducir las penas. Por el contrario, la Audiencia Provincial de La Rioja ha hecho público que de las 54 revisiones de condenas que tienen sobre la mesa no se ha concedido ninguna rebaja de momento, y que no creen que vaya a haber muchas "con el nuevo Código Penal en la mano".
Esta disparidad de criterios en la Justicia al aplicar la nueva ley debe ser resuelta por el propio Poder Judicial, afirman desde Igualdad, que no ve otra salida a la alarma que se ha creado en la sociedad y entre las propias víctimas en los últimos días por las rebajas penales a algunos condenados. "La única garantía de unificación de criterios es que el Tribunal Supremo acabe pronunciándose sobre este tipo de revisiones tan dispares. Para eso está", ha afirmado Rosell. La delegada del Gobierno también espera que los tribunales de primera instancia hagan pronunciamientos, uno general de la Fiscalía y finalmente que el Supremo para aclarar cómo se aplica el derecho transitorio".
La norma no precisa una disposición transitoria
A lo largo de los últimos días algunos expertos y juristas han afirmado que el problema de la ley del solo sí es sí es que no contenía de una disposición transitoria que aclarara cómo se debe aplicar la nueva ley en relación a la anterior. Desde Igualdad asegura que en España "tenemos un derecho transitorio desde hace décadas" y que se ha "creado un debate sobre la inexistencia de éste que no cierto. No falta".
El Código Penal en su disposición quinta afirma que los "Jueces o Tribunales procederán a revisar las sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial. En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código".
A esta disposición se ha referido recientemente el presidente de la Audiencia de La Rioja, afirmando que según este texto, las condenas que entren dentro de la nueva horquilla de penas, no serán revisadas a la baja. Con los mismos mimbres, otras audiencias han anunciado rebajas de penas.
El derecho del reo a pedir una revisión de la pena en caso de un cambio en el Código Penal está recogido en el artículo 2.2 de esa norma y también en la Constitución, por lo que es inalienable. El penado tiene derecho a que se le aplique la norma más favorable. En el caso de que su pena con la nueva ley sea más alta, no se podrá aplicar ningún incremento.
Una reforma compleja
Desde Igualdad explican que el cambio legal que introduce la ley del solo sí es sí es complejo. No se trata de un cambio de penas, sino de una reforma paradigma y en el esquema de cómo se aplican ahora los delitos contra la libertad sexual y que la norma debe ser leída en su totalidad, no comparar solo un artículo, que, afirman, es lo que parece que se ha hecho en algunas revisiones de condenas.
Para la Secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, el este cambio era preciso porque durante "mucho tiempo ha habido mucha impunidad ante delitos de violencia sexual. Tanta, que estamos hablando que solo un 8% de la mujeres denuncian y la mayor parte no acaban siendo condenados como agresiones sexuales". Rodríguez ha recordado que según los datos del Ministerio del Interior, de los más de 3.600 casos de delitos contra la libertad sexual solo se se han producido 47 condenas. "Es evidente que hay una pirámide invertida cuando se habla de los delitos contra la las mujeres. Con esta preocupación es con la que se redacta esta norma que ha supuesto un cambio de esquema, no de penas", añadió.
Desde el ministerio de Justicia, co-proponente de la ley junto a Igualdad, afirman que "hay que actuar con prudencia. Lo que tenemos son noticias con información incompleta y relativas a casos muy distintos". El ministerio que dirige Pilar Llop entiende que se debe esperar a conocer los criterios de interpretación que están siguiendo los tribunales. "Hasta que no conozcamos en detalle las motivaciones de resolución no se puede hacer una valoración fundamentada" e insisten que hasta que no se conozca la línea adoptada por los tribunales y la fiscalía no será posible hacer una evaluación sobre el número de revisiones o rebajas de pena que se pueden producir en el futuro. Durante la última semana, Llop está afectada por Covid, por lo que no ha hecho apariciones públicas.
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