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El Gobierno acusará a Mas de sedición si persiste en su desafío

El Ejecutivo baraja aplicar el Código Penal e intervenir la comunidad autónoma si la Generalitat no hace caso a una eventual sentencia del TC contra la consulta

PÚBLICO / EUROPA PRESS

El Gobierno espera que el presidente catalán, Artur Mas, no llegue a celebrar la consulta que ha pactado con ERC en Cataluña para 2014. Pero en caso de que la convoque, confía en que acate la eventual sentencia del TC prohibiendo la consulta, ya que el Gobierno la recurrirá. De lo contrario, aseguran las fuentes del Ejecutivo consultadas por Europa Press, la única salida será ir a la vía penal para inhabilitar al jefe del gobierno catalán. Según los expertos consultados por Público, se podría aplicar al president de la Generalitat los artículos 544 y 545 del Código Penal en los que se

El artículo 544 dice que se entiende que comete sedición 'los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales'. Por su parte, el artículo 545, señala que 'los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo'.

Durante los últimos días, tanto el Gobierno como PP y PSOE han tratado de evitar que CiU pactara con ERC y emprendiera con ello un camino para alcanzar la independencia. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy ha brindado, durante las últimas semanas y desde que se celebraron las elecciones catalanas, su apoyo a Catalunya y ha dejado claro que su actitud será 'constructiva' con el Gobierno de la Generalitat. También el Partido Popular y el Partido Socialista en Cataluña hicieron llegar al Ejecutivo catalán su disposición a abstenerse en la investidura para que no necesitara de los votos de ERC.

Sin embargo, ninguna de las ofertas ha sido tenida en cuenta por Artur Mas que finalmente ha optado por pactar con ERC, fijando una fecha para la celebración de una consulta soberanista, el año 2014, tal y como le había pedido Oriol Junqueras. Así las cosas, el Gobierno ya está diseñando los posibles escenarios que se pueden presentar. Algunas fuentes del Ejecutivo esperan que Artur Mas no llegue a convocar la citada consulta ya que no tiene competencias para ello y, a todas luces, es inconstitucional.

Sin embargo, y a la vista del cariz que están tomando los acontecimientos, el Ejecutivo de Mariano Rajoy no alberga muchas esperanzas en que Mas desista de sus planes. Por ello, el Gobierno tiene decidido que recurrirá ante el Tribunal Constitucional si finalmente esta consulta se convoca y ante la previsible anulación de la misma por parte del TC, confían en que el presidente de la Generalitat acate la sentencia. Si esto no fuera así y no asumiera la decisión del máximo tribunal español, al Gobierno no le quedaría otra opción que recurrir a la vía penal para pedir la inhabilitación del presidente de la Generalitat. El recurso a la vía penal, según explican fuentes del Ejecutivo, no sería para meter a Artur Mas en la cárcel, sino para inhabilitarle para ejercer el cargo, ya que un presidente de una CCAA no puede saltarse ni la ley, ni las sentencias de los tribunales.

Y si la insumisión siguiera, el siguiente paso tendría que ser, según apunta un miembro del Gobierno, la aplicación del artículo 155 de la Constitución, que prevé que el Ejecutivo de Madrid ejercite la competencia que una CCAA no lleva a cabo de manera conveniente y que en este caso, sería para tomar la decisión de sustituir al presidente catalán. El citado artículo de la Carta Magna dice, en su punto primero que 'si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general'.

En el punto segundo del 155, se especifica que 'para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas'.

El acuerdo entre CiU y ERC también incluye que en el primer pleno ordinario de la X Legislatura catalana se haga una 'Declaración de Soberanía del Pueblo de Cataluña' con el fin de establecer el compromiso en el Parlament con el 'ejercicio del derecho a decidir del pueblo de Cataluña'.

Según las fuentes del Gobierno consultadas por Europa Press, esta cuestión es más difícilmente recurrible porque, aseguran, se trata de una declaración política y no de una norma que tenga carácter ejecutivo, es decir, que no tiene por qué tener efectos jurídicos concretos.

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