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Los jueces avalan la decisión de la Marea de no financiar corridas de toros con dinero público en A Coruña

Un juez niega a la concesionaria de la feria taurina la indemnización que reclamaba por su suspensión tras las elecciones municipales del 2015

Foto de archivo de una corrida de toros en el Coliseum de A Coruña. / EFE

JUAN OLIVER

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña ha avalado la decisión del Ayuntamiento de A Coruña, gobernado por la Marea Atlántica, de poner fin a las corridas de toros suspendiendo la feria taurina de la ciudad y denunciando el contrato con la empresa que la organizaba. Los jueces niegan así la versión de la concesionaria, que recurrió aquella decisión alegando que las administraciones públicas están obligadas a proteger las corridas con políticas activas para su promoción según la Ley para la Regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural, que el PP aprobó en el año 2013.

Durante los gobiernos de PSOE y PP, el Ayuntamiento de A Coruña venía subvencionando la celebración de la feria durante los veranos, un capítulo en el que se invirtieron más de 2,2 millones de euros del presupuesto público municipal entre los años 1994 y 2014. En esos gastos se incluían partidas para la promoción de la tauromaquia como conferencias y debates en las que se incluían gastos y alojamiento de los ponentes con facturas de hotel de hasta 600 euros por invitado, o el pago de miles de euros a personas relacionadas con ese mundo por la redacción y lectura de pregones de exaltación de las corridas.

En julio del 2015, sólo dos meses después de las elecciones locales en las que la Marea Atlántica arrebató el gobierno de la ciudad al Partido Popular, la nueva corporación, presidida por Xulio Ferreiro, decidió suspender la feria prevista para ese verano, para la que se preveía una subvención de 60.000 euros, y canceló el contrato que el Ayuntamiento mantenía a través del Instituto Municipal Coruña Espectáculos (IMCE) con una unión temporal de empresas en las que participaban las sociedades Tauro Siglo XXI y Tomás Entero Martín, ambas dedicadas a la organización de ese tipo de actividades.

El Ayuntamiento defendió su decisión alegando entonces razones de “interés público”, como el elevado coste que asumía el IMCE al afrontar gastos de más de 100.000 euros de media por cada feria en los dos últimos decenios, o el escaso interés que las corridas despiertan en la ciudad, como probaba la escasa afluencia que registraban y que iba cayendo año a año. Pero también, y sobre todo, la promesa electoral de no ceder espacios ni presupuesto público para financiar espectáculos que incluyeran el maltrato animal.

Ante la presión del sector protaurino de la ciudad, el alcalde recordó que si bien carecía de competencias para prohibir las corridas, sí las tenía para evitar que se celebraran en un recinto de propiedad municipal. A Coruña no tiene plaza de toros, pero para la feria, que dio inicio en 1991 bajo el mandato del socialista Francisco Vázquez, se utilizaba el Coliseum, un pabellón cerrado y techado destinado a espectáculos musicales y eventos deportivos que no cumple los requisitos necesarios y en el que, además, ya habían ocurrido accidentes graves.

Tras la decisión del verano del 2015, Tauro Siglo XXI y Tomas Entero Martín rechazaron la compensación de 10.000 euros que les ofreció el Ayuntamiento por la cancelación del contrato y recurrieron a la jurisdicción Contencioso-Administrativa. En su demanda, además de alegar supuestos defectos de forma en el procedimiento de suspensión de la feria, argumentaron que el Consistorio había violado la Ley de Regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural, que, en su opinión, obliga a las administraciones públicas a proteger y promocionar las corridas. También reclamaron una indemnización millonaria: más de 300.000 euros por “daño emergente” y otros 61.000 por “lucro cesante”. Es decir, seis veces más de lo que le costaba el contrato al Ayuntamiento.

En su sentencia, fechada el pasado 28 de marzo pero que no fue conocida hasta ayer, el magistrado Enrique García Llovet rechaza el argumentario de la concesionaria y advierte de que atenderlo supondría dotar a la tauromaquia de “una suerte de estatus privilegiado” del que no gozan otras manifestaciones culturales, entre las que cita expresamente a la música, la danza y el teatro. También niega que la ley que aprobó el PP en el 2013 imponga a las administraciones públicas la obligación “de emprender políticas activas de promoción” de las corridas.

El juez admite que existe una relación “entre la cultura y las corridas de toros y espectáculos similares en tanto que fenómeno histórico, artístico y cultural”. Pero niega que el deber de los poderes públicos de garantizar la conservación y promoción del patrimonio cultural suponga que no puedan tener en cuenta otros intereses, derechos y otros “valores culturales a veces contrapuestos”, como los de la defensa animal, “que han de ser también adecuadamente ponderados”.

En cuanto a la indemnización, el juez rechaza también la pretensión de la UTE y limita la compensación a un 10% de la cantidad ingresada por venta de entradas en taquilla en la feria del 2014. Ese año, el último completo de la legislatura del PP, se vendió apenas un 30% del aforo del Coliseum para las corridas que se celebraron en el recinto municipal.

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