Este artículo se publicó hace 14 años.
Dos años de permiso para padres con hijos muy enfermos
La duración del subsidio se establecerá según el informe médico del especialista
Entre 18 y 24 meses será el máximo tiempo que fijan los permisos de trabajo de la seguridad social para los padres de niños con alguna enfermedad grave o que hayan sido víctimas de un accidente.
Así se desprende del "Estudio sobre una nueva prestación de los menores enfermos de gravedad", presentado en el Ministerio de Trabajo, y que aglutina las bases jurídicas de un decreto que entrará en vigor en febrero para desarrollar esta prestación, incorporada en los presupuestos de 2011.
La duración del subsidio se establecerá según el informe médico del especialista, que deberá especificar los periodos previstos de hospitalización o asistencia domiciliaria del menor, según este informe elaborado por la Fundación Mujer, Familia y Trabajo. No obstante, se estipularán periodos mínimos que obliguen a una conciliación, así como una duración máxima que no superará los dos años.
La prestación está pensada para proteger la difícil situación que se produce cuando ambos progenitores trabajan y uno de ellos debe dedicar parte o toda la jornada al cuidado de un hijo con una grave enfermedad. El desarrollo reglamentario incluirá un catálogo de las enfermedades susceptibles de acogerse a esta medida, junto con los periodos mínimos y máximos que, según los protocolos clínicos, demande su tratamiento.
El informe propone que se lleven a cabo las modificaciones necesarias del Estatuto de Trabajadores para proteger, frente al despido improcedente, al empleado que suspenda su relación o reduzca su jornada por esta situación de necesidad. Sin embargo, Granado ha reconocido que este aspecto no estará incluido en el citado decreto porque blindar los contratos de los afectados requeriría una norma con rango de ley.
Suspensión del contrato de trabajoLa doctora en Derecho Dolores Carrillo, una de las autoras del estudio, ha explicado que los progenitores podrán acogerse a la suspensión del contrato de trabajo a tiempo completo o a una reducción de jornada de al menos un 50%, una modalidad que podrá atribuirse a uno de los padres, o bien, con determinadas condiciones, a ambos de forma simultánea o compartida.
Los trabajadores que se encuentren en esta tesitura tendrán derecho a la percepción de un subsidio económico, prestación periódica y necesariamente temporal, cuya cuantía será del 100% de la base reguladora, de forma similar a la baja por maternidad.
Se podrán acoger a ella el progenitor, adoptante, o tutor de un menor de 18 años que sufra un accidente o enfermedad graveSe podrán acoger a ella el progenitor, adoptante, acogedor o tutor de un menor de 18 años que sufra un accidente o enfermedad grave y que requiera, por ello, hospitalización o que, por prescripción facultativa, necesite asistencia domiciliaria.
La abogado Ana Higuera, coordinadora del informe, ha precisado que por tratarse de una prestación de cobertura familiar y de conciliación, sólo cabe su reconocimiento en el supuesto de que ambos progenitores trabajen.
Los requisitos para acceder al subsidio pasan por estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido.
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