Este artículo se publicó hace 17 años.
La Audiencia Nacional rechaza la responsabilidad de Cuatrecasas y KPMG por Afinsa
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la responsabilidad civil subsidiaria del despacho de abogados Cuatrecasas y la firma auditora KPMG por sus actuaciones relacionadas con la gestión de Afinsa, según un auto al que tuvo hoy acceso EFE.
En esta disposición judicial, el juez Pedraz señala que no ha lugar a la imputación de las sociedades y sus empleados, pese a la petición de varios perjudicados, junto a la Federación de Usuariso y Consumidores Independientes y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
La Fiscalía Anticorrupción se mostró en contra del recurso de reforma de varias acusaciones para intentar que declarase como imputado el empleado de KPMG, David Trujillo, y se declarase responsables civiles subsidiarias a la auditora y el citado despacho de abogados, ya que el juez Pedraz decidió en una providencia anterior no haber lugar a estas solicitudes.
Según el auto de Santiago Pedraz, a Tomás Olalde, antiguo socio del despacho de abogados, se le tomó declaración como imputado en su calidad de consejero externo de Afinsa, y no como socio y abogado del despacho "Cuatrecasas", que abandonó el año pasado tras estallar el escándalo financiero y está imputado en la causa.
Sin embargo, las acusaciones, entre las que se encuentra la dirigida por el abogado Ildefonso Gónzalez-Grano de Oro, en representación de cuatro afectados por la presunta estafa piramidal de Afinsa, acusan a ambas empresas de encubrir y cooperar presuntamente con la estafa, por lo que "cobraban enormes sumas de dinero en concepto de asesoramiento".
En concreto, se refieren a varios informes realizados por Cuatrecasas en 2004, donde -a su juicio- se advertía sobre el "empleo de cláusulas oscuras, evasivas, poco claras y transparentes" y otro documento confidencial de KPMG, realizado en 31 de diciembre de 2004, en el que se establecen "varias infracciones" de la normativa vigente por parte de Afinsa, antes, durante y después de la firma del contrato.
Entre ellas, figuraban el "incumplimiento de la obligación de suministrar a los clientes información clara y precisa relativa a la legislación aplicable a las mismas" o "la falta de información sobre los sistemas de valoración y valor de la filatelia".
Ahora, Pedraz indica además, que las acusaciones hicieron "interpretación sesgada" del informe realizado por Cuatrecasas, en 2004, porque además de aconsejar a Afinsa "que contrate a una auditora de primer orden para que revise sus criterios contables", "no deja de ser un informe jurídico" cuyas indicaciones pueden o no seguir los consejeros de Afinsa, actualmente imputados.
Respecto al empleado de KPMG, David Trujillo Ferreras, el juez afirma en su auto que "es de todo el punto ajeno a Afinsa" y no debe ser imputado, en tanto, "no existe diligencia alguna (ni aún meramente indiciaria) que le vincule con la actividad presuntamente ilícita de la misma" que desembocó en un agujero patrimonial de 1.823 millones de euros.
Respecto a la responsabilidad de ambas empresas en el procedimiento mercantil por insolvencia de Afinsa, el Juzgado Mercantil número 6 de Madrid ordenó el "embargo preventivo" de 1.823 millones de euros contra los consejeros de Afinsa, Juan Antonio Cano Cuevas, Carlos de Figueiredo y Vicente Martín Peña, por haber "indicios" de que puedan ser declarados "culpables" en la insolvencia de la sociedad filatélica.
Sin embargo, pese a las peticiones de la administración concursal, la juez no admitió el embargo contra el secretario no consejero del Consejo de Administración, Joaquín José Abajo Quintana, pese a haber sido director general corporativo, asesor jurídico, representante de la compañía y fundador de la sociedad "Oikia Real Estate SLU".
Tampoco incluyó al propietario de la mitad del capital social de Afinsa, Albertino de Figueiredo, ni al ex consejero honorífico Tomás Olalde, ex socio del despacho de abogados Cuatrecasas, aunque el bufete Osorio&Asociados ha recurrido la decisión para que se les incluya.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.