Este artículo se publicó hace 13 años.
Competencia impone una multa a Telecinco en relación a su fusión con Cuatro
El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto una multa de 3.600.000 euros a Telecinco por no haber detallado en el plazo exigido su plan de actuaciones y su calendario en la fusión con Cuatro.
De esta resolución informa la CNC en un comunicado en el que argumenta que la sanción se debe al incumplimiento del plazo exigido de un mes para presentar el plan de actuaciones de esta fusión, que este organismo consideró que podría conllevar "una reducción de la competencia efectiva en varios de los mercados afectados por la operación".
Competencia cree que Telecinco ha incurrido en el artículo 62.4 de la Ley de Defensa de la Competencia, que califica como "muy graves" incumplir o contravenir lo establecido en la normativa así como las resoluciones de su Consejo, y que permite la imposición de sanciones que representen hasta el diez por ciento del volumen de negocios del infractor.
Por todo ello, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer a Telecinco (actualmente Mediaset España Comunicación, S.A.) una multa de 3.600.000 euros.
Telecinco y Cuatro protagonizaron la primera fusión de dos grandes cadenas de televisión en España, una operación de un importante calado empresarial y que supuso la primera evidencia de la Ley de Medidas Urgentes en Materia de Telecomunicaciones.
El canal comunicó el 18 de diciembre de 2009 a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) su acuerdo con Prisa para la integración de la cadena de televisión Cuatro en Telecinco y la adquisición por ésta del 22 por ciento de Digital+.
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