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Condenado un maltratador que intentó asfixiar a su compañera

EFE

La Audiencia de Sevilla ha condenado a once años y nueve meses de cárcel a un marroquí residente en España por maltrato habitual a su compañera, a la que además intentó matar asfixiándola con un cable de acero en la obra donde trabajaba como vigilante.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el acusado M.E.F., de 34 años, inició su relación con M.A.I., de 25, en abril de 2007, nada más llegar ella a España para trabajar en la recolección de la fresa, y desde el primer momento la sometió a "frecuentes y reiterados malos tratos de palabra y de obra" en Rociana del Condado (Huelva), donde fijaron su residencia.

La mujer no denunció estas agresiones ni pidió ayuda médica porque, a diferencia del acusado, no tenía residencia legal en España, dice la sentencia, que precisa que los actos de maltrato se intensificaron cuando la mujer se quedó embarazada y decidió someterse a una interrupción voluntaria del embarazo, a lo que él "se oponía violentamente".

En junio de 2007, la mujer decidió romper la relación y se marchó a casa de un amigo en Almonte (Huelva), adonde el acusado la siguió y agredió mediante tirones de pelo y una patada en el vientre, agresión por la que fue condenado a 10 meses de prisión y dos años de prohibición de aproximarse a la denunciante.

A pesar de dicha orden de alejamiento -añade el fallo- la pareja reanudó su relación "de forma casi inmediata", lo que la mujer aceptó "por su situación de soledad y desamparo en España".

En diciembre de 2007 se produjo otra ruptura, a raíz de una nueva agresión del acusado, pero a finales de año se encontraban juntos otra vez, en esta ocasión viviendo en un albergue municipal de Sevilla.

La mujer accedió a convivir con el acusado por el temor a que pudiese causar algún daño a sus hijos, a los que había dejado en Marruecos a cargo de la abuela, pues el propio procesado había advertido a la familia marroquí de que "mataría a alguno de ellos" si la mujer no regresaba con él.

En este contexto, el 11 de enero de 2008, el acusado convenció a M.A.I. de que lo acompañara a la obra donde trabajaba como vigilante, situada en Salteras (Sevilla), y allí le quitó el teléfono móvil y le impidió marcharse en diversas ocasiones durante el día.

Cuando la mujer, cansada de discutir, se dirigió hacia las 18.30 horas a la parada del autobús, el acusado la alcanzó, empujó e introdujo de nuevo en la obra, donde tomó un cable de acero, lo dobló para darle mayor consistencia, rodeó el cuello de la víctima y "comenzó a tirar de ambos extremos para estrangularla", al tiempo que le daba "violentas patadas y pisotones en la cabeza y cara".

Los jueces consideran que la voluntad del acusado era matar a su compañera y que solo se frustró su intento por la intervención de varios vecinos que "habían oído el estrépito de la agresión y se apresuraron a prestar auxilio a la agredida", de la que llegaron a pensar que realmente estaba muerta.

La Audiencia impone a M.E.F. ocho años de cárcel por un intento de homicidio, dos años y nueve meses de prisión por un delito de maltrato habitual y otro año por un delito de amenazas, junto a la obligación de indemnizar a la víctima en 16.000 euros.

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