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El Constitucional rechaza el recurso de Atutxa, Knorr y Bilbao porque se presentó antes de tiempo

EFE

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo de Juan María Atutxa, Gorka Knorr y Kontxi Bilbao contra la decisión del Supremo de anular la sentencia que les absolvió de un delito de desobediencia por no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) porque lo han presentado antes de tiempo.

El Tribunal Constitucional ha dictaminado que los miembros de la anterior Mesa del Parlamento vasco presentaron de forma "prematura" la demanda de amparo porque aún no ha concluido el proceso penal.

De esta forma, el alto tribunal recuerda que la sentencia del Supremo anuló la del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y devolvió la actuaciones a esa instancia para que dictara una nueva sentencia sobre los hechos.

Además, destaca que el Supremo devolvió el proceso al TSJPV no sólo porque consideró "incorrecta" la aplicación de la prerrogativa parlamentaria por la que decidieron no disolver el partido abertzale, sino también por "la necesidad de completar la declaración de hechos probados" en aquellos aspectos en los que el órgano judicial no se había pronunciado.

Atutxa, Knorr y Bilbao fueron condenados a penas de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos y a una multa por no disolver, como ordenó el Supremo, el grupo de Sozialista Abertzaleak en la pasada legislatura en el Parlamento vasco.

La Sala de lo Penal del TS anuló el pasado 7 de noviembre la sentencia del TSJPV que en 2007 había absuelto a los tres de un delito de desobediencia por no disolver el grupo parlamentario de SA, al estimar el recurso interpuesto por el colectivo de funcionarios "Manos Limpias".

El fallo del Supremo sostenía que "no dar cumplimiento a un mandato judicial en ejecución de lo resuelto en una sentencia firme es, en definitiva, no aplicar la Ley" y consideraba que los actos parlamentarios no pueden nunca dirigirse "al incumplimiento de la Ley".

Los tres integrantes de la Mesa del Parlamento vasco se negaron a disolver SA, tal y como ordenó el Supremo, que entendió que sus siete integrantes eran los mismos que formaban el antiguo grupo de Batasuna, formación que fue ilegalizada el 27 de marzo de 2003.

El TSJPV les había absuelto el 8 de noviembre de 2005, pero no entró a considerar si habían o no cometido un delito porque opinó que sus actuaciones estaban amparadas por la inviolabilidad parlamentaria y que, por tanto, este Tribunal no tenía capacidad para juzgarles.

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