Este artículo se publicó hace 11 años.
Las cúpulas de los bancos deberán acreditar "experiencia" en el sector
El Banco de España tendrá en cuenta la trayectoria del consejero o directivo, si existiera alguna condena por la comisión de delitos dolosos y la sanción por la comisión de infracciones administrativas
Los miembros de los consejos de administración de las entidades de crédito deberán acreditar "conocimientos y experiencia adecuados", en particular en las áreas de banca y servicios financieros, y experiencia práctica fruto de periodos de tiempo suficientemente largos de ejercicio en el sector.
Así consta en el proyecto de Real Decreto por el que se modifican los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno en las entidades de crédito que estará en audiencia pública hasta el próximo 7 de febrero, en el que el Gobierno endurece los requisitos para ser miembro del consejo de administración de las entidades financieras.
En concreto, en la valoración de la experiencia práctica y profesional "deberá prestarse especial atención a la naturaleza y complejidad" de los puestos desempeñados, las competencias y poderes de decisión y responsabilidades asumidos, así como el número de personas a su cargo, el conocimiento técnico alcanzado sobre el sector financiero y los riesgos que deben gestionar.
Un máximo de 10 días para evaluar las entidadesEstos requisitos de honorabilidad, conocimiento y experiencia deberán concurrir también en los directivos generales o asimilados, así como en las personas que asuman funciones de control interno u ocupen puestos claves para el desarrollo diario de la actividad de la entidad.
Para realizar una valoración de idoneidad, el Banco de España tendrá en cuenta la trayectoria del consejero o directivo, si existiera alguna condena por la comisión de delitos dolosos y la sanción por la comisión de infracciones administrativas o la existencia de investigaciones relevantes y fundadas, tanto en el ámbito penal como administrativo.
El organismo dirigido por Luis María Linde tendrá un plazo máximo de 10 días para notificar su valoración y, a falta de notificación en el plazo, se entenderá que la valoración es positiva.
Las cajas deberán ser fundaciones a final de 2014El Gobierno ha dado este lunes el pistoletazo de salida para que este año pueda entrar en vigor una nueva ley de cajas, que obligará previsiblemente a todas estas entidades a convertirse en fundaciones bancarias antes de finales de 2014, con la excepción de Caixa Pollensa y Ontinyent. Según han explicado fuentes del Ministerio de Economía, se ha elevado a consulta pública la nueva regulación, consensuada con Bruselas dentro de las condiciones por las que España pidió el rescate financiero. Posteriormente, el texto se plasmará en un proyecto de ley que será remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria, con el objetivo de que entre en vigor a final de 2013 o principios de 2014.
Desde entonces y durante un plazo máximo de un año, lo que alargaría el proceso al menos hasta finales de 2014, las entidades tendrán que adaptarse al nuevo marco regulatorio que sólo permitirá que sobrevivan como cajas Pollensa y Ontinyent. En el mismo periodo, el resto de cajas que trasladaron su negocio a un banco, tal es el caso de La Caixa, Unicaja, Ibercaja y la fusión de BBK, Kutxa y Caja Vital, deberán convertirse en fundaciones bancarias. Esto se justifica porque ya no podrá existir el concepto de caja con negocio transferido a un banco para aquellas entidades con un volumen de activos superior a 10.000 millones.
Las nuevas fundaciones bancarias estarán dirigidas por un patronato que tendrá un máximo de 20 miembros, que no podrán sentarse en el consejo de la entidad financiera participada. Además, cuanto mayor sea la participación de una fundación en un banco, mayores serán los requisitos a los que tendrá que hacer frente. De esa forma, las fundaciones bancarias que controlen más de un 30% de una entidad, deberán suscribir un protocolo de gestión que será aprobado por el Banco de España con criterios sobre empresas participadas, consejeros y posibles conflictos de interés, y tendrán que presentar un plan financiero.
En el caso de que la participación de la fundación bancaria supere el 50 %, el plan financiero debe ir acompañado de un plan de diversificación y de un plan para crear un fondo de reservas. Sobre esta última cuestión, las fundaciones presentarán un calendario de dotaciones al Banco de España para cumplir con las necesidades que haya determinado el organismo supervisor.
Por otro lado, en el caso de las cajas que existen en sentido estricto, Pollensa y Ontinyent, quedarán abocadas a dedicarse exclusivamente al negocio minorista, tener presencia en una única comunidad o como mucho en diez provincias limítrofes. Además, sus asambleas generales no podrán tener más de 150 miembros, de los que entre un 50% y un 60% serán representantes de los impositores, con la mitad de ellos grandes impositores; y el resto, de entidades fundadores y destinatarios de la obra social. Sus consejos de administración estarán formados por entre 13 y 17 miembros, de los que la mayoría deberán ser independientes, es decir, no podrán formar parte de la asamblea de la caja, aunque ésta podrá agruparse para elegir consejeros. La condición es que cumplan criterios de honorabilidad y cuenten con experiencia en el sector para "evitar errores del pasado", según han destacado las fuentes del Ministerio de Economía.
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