Este artículo se publicó hace 16 años.
La designación del nuevo Consejo de Estado formalizará la sucesión de Castro
La designación el próximo domingo del nuevo Consejo de Estado y del presidente que sucederá al líder cubano, Fidel Castro, tras casi medio siglo en el poder, dará carácter formal al proceso de sucesión ya iniciado.
La Asamblea Nacional del Poder Popular, órgano parlamentario unicameral de la isla, quedará instalado el 24 de febrero para una legislatura de cinco años en un acto en el que tomarán posesión de sus escaños los 614 diputados ratificados en los comicios del pasado 20 de enero y se elegirá a su nueva presidencia.
A continuación se pondrá a consideración de los diputados el proyecto de candidaturas para elegir al Presidente, primer vicepresidente, cinco vicepresidentes, secretario y al resto de los miembros del Consejo de Estado.
La lista es elaborada por la Comisión de Candidaturas Nacional, conformada por representantes de los "órganos de masas" (el sindicato único, la federación de estudiantes universitarios, la de Mujeres y otras asociaciones), tras entrevistar a cada uno de los 614 diputados, que eligen de entre sus miembros a los postulantes.
Esa información se presenta en forma de "candidatura de consenso" al pleno de la Asamblea Nacional, constitucionalmente el "órgano supremo del Poder del Estado".
La Asamblea es el órgano encargado de acordar las reformas constitucionales, velar por la constitucionalidad de las leyes y declarar el estado de guerra en caso de agresión militar.
Tiene capacidad de revocación y modificación de las disposiciones del Consejo de Estado y de sus miembros.
El Parlamento se reúne en dos sesiones ordinarias por año y puede ser convocada extraordinariamente por el Consejo de Estado o a solicitud de la tercera parte de sus miembros.
En el quinquenio que concluye sólo ha aprobado las cinco leyes de Presupuesto presentadas por el Gobierno y una ley orgánica, la de Fiscalía Militar.
El Consejo de Estado se define en la Carta Magna como "el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular que la representa entre uno y otro periodo de sesiones" y a los "fines nacionales e internacionales, ostenta la suprema representación del Estado".
La Constitución no establece el número de vicepresidentes -en la actualidad cinco y un secretario- y de componentes -en este momento 31- que debe tener.
Sus decisiones son aprobadas por voto simple de sus miembros y convoca las elecciones, dicta decretos leyes, da a las leyes "en caso necesario" una interpretación general y obligatoria, y decreta la movilización general cuando la defensa del país lo exija.
Asimismo, declara la guerra o concerta la paz, cuando la Asamblea se halle en receso y no pueda ser convocada con la "seguridad y urgencia necesarias".
Tiene la función de impartir instrucciones de carácter general a los tribunales a través del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo, al igual que a la Fiscalía General.
El presidente del Consejo de Estado es el jefe del Estado, el del Gobierno y ostenta la Jefatura Suprema de todas las instituciones armadas del país.
Propone a la Asamblea los miembros del Consejo de Ministros y la sustitución de éstos, y tiene la potestad de declarar el Estado de Emergencia.
La Constitución establece que en caso de ausencia, enfermedad o muerte del presidente del Consejo de Estado lo sustituye en sus funciones el primer vicepresidente.
El Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye oficialmente el Gobierno de la República.
Está integrado por el jefe de Estado y de Gobierno, que es su presidente, los vicepresidentes, los ministros y el secretario y "demás miembros que determine la ley".
Fuera del organigrama estatal, la Constitución establece que "el Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado".
A él corresponde organizar y orientar "los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista".
Cuba es el único país comunista que contempla los cargos de primer secretario y segundo secretario del partido, responsabilidades que ostentan Fidel Castro y Raúl Castro, respectivamente.
Fidel Castro anunció su renuncia a continuar al frente del Consejo de Estado pero continúa siendo el primer secretario partidario, si bien, delegó provisionalmente esa función en su hermano Raúl el 31 de julio de 2006.
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