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Díaz Ferrán, declarado en concurso de acreedores

El aún presidente de la CEOE, declarado insolvente al no pagar sus deudas, perderá el control de su patrimonio, sobre el que decidirán dos administradores

AGENCIAS

El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid ha declarado en concurso necesario de acreedores (antigua suspensión de pagos) al todavía presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, que además ha perdido el control de su patrimonio, sobre el que tomarán decisiones los administradores concursales.

Según fuentes jurídicas, el juez Javier García Marrero ha adoptado dicho acuerdo después de que Díaz Ferrán no se opusiera en el plazo establecido a la petición que presentó el pasado mes de septiembre la empresa de viajes Olympia Mediterráneo para que fuera declarado insolvente por no pagar deudas del grupo Marsans, que había avalado personalmente.

La demanda fue admitida a trámite el pasado 22 de octubre y a ésta se sumó NH Hoteles, ya que tanto el empresario como su socio, Gonzalo Pascual, avalaron estas deudas con pagarés bancarios que aseguraban su obligación solidaria.

Díaz Ferrán no ha podido eludir ser declarado insolvente, dados los distintos embargos cautelares decretados sobre sus bienes y cuentas bancarias por varios juzgados para cubrir las deudas de Viajes Marsans y Air Comet, que ascienden a cerca de 417 millones de euros y 310 millones de euros, respectivamente.

El juez mercantil también ha acordado suspender las facultades de Díaz Ferrán para disponer de su patrimonio, que quedará sometido así a las directrices fijadas por la abogada Antonia Magdaleno (también presente en Viajes Marsans) y el economista Luis Arqued, que forma parte de la administración concursal de Air Comet.

Sin embargo, esta declaración de concurso paraliza las ejecuciones de embargo que todavía no se hayan llevado a cabo a pesar de haber sido dictadas por el juez, según establece el artículo 55 de la Ley Concursal. Los bienes ya embargados podrán continuar así hasta la presentación del convenio o hasta un año después de la declaración de concurso si no se ha dictado su liquidación. Los administradores tienen la facultad de decidir sobre el tiempo de embargo.

La suspensión de facultades suele adoptarse en los concursos necesarios, que son instados por acreedores, a diferencia de los voluntarios, que son los que presentan los propios deudores.

Por otro lado, el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid declarará en los próximos días el concurso necesario de Pascual, ante una demanda similar presentada por las dos compañías acreedoras. Pascual ha reconocido que no cuenta con recursos suficientes para pagar sus deudas.

El pasado 12 de noviembre, el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid decretó el embargo preventivo de bienes de Díaz Ferrán, de su socio y de la última propietaria del Grupo Marsans, la sociedad Posibilitumm Business, en cuantía suficiente para cubrir el déficit patrimonial de 417,36 millones de euros.

Además, el pasado 6 de agosto el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid embargó cautelarmente 37,64 millones de euros a Díaz Ferrán, dos de sus hijos y a Pascual para compensar el agujero patrimonial de 310 millones de euros de Air Comet. Los jueces declararon todos estos embargos en previsión de que ambos sean declarados culpables de la situación concursal del grupo turístico.

Por otro lado, Olympia, NH y las empresas acreedoras de Marsans Pullmantur, Riu Hoteles, Banco Espírito Santo, Barclays Bank, Accor y Sol Meliá mantienen también demandas de reclamación de deudas contra los dos ex propietarios de la compañía turística ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, al haberlas avalado personalmente. Estos procesos quedan a partir de ahora supeditados al concurso de acreedores.

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