Este artículo se publicó hace 12 años.
Los directivos de banca sancionados no tendrán indemnización
A partir de ahora los despidos en estos casos se considerarán como disciplinarios
Los directivos de entidades financieras que hayan sido sancionados por su gestión no tendrán derecho a percibir una indemnización por despido, debido a que se considerará el cese como disciplinario. Será así para aquellos que trabajen en bancos que hayan sido apoyados con fondos públicos, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea.
Lo ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. El Gobierno ha aprovechado el decreto sobre la reforma laboral para incluir esta limitación a los directivos de banca y completar el Decreto Ley de Saneamiento del Sector Financiero.
Para los despedidos que no hayan sido expedientados, las indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno la semana pasada.
El pasado 3 de febrero, el Gobierno limitó los salarios de los altos ejecutivos de entidades bancarias intervenidas y de aquellas que recurrieron a fondos públicos, fijando un sueldo máximo de 300.000 euros para los directivos del primer caso y de 600.000 euros para los de los bancos que se beneficiaron del dinero de los contribuyentes.
Además, el Decreto Ley de Saneamiento del Sector Financiero endureció las provisiones de los activos inmobiliarios y eliminó órganos de control en las cajas de ahorros.
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