Este artículo se publicó hace 15 años.
La Fiscalía recurre la sentencia de la "operación Tigris" al estimar que no se valoraron todas las pruebas
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha propuesto a la del Tribunal Supremo recurrir la sentencia por la llamada "operación Tigris", que se saldó con la absolución de 10 de los 14 acusados de ayudar a huir a algunos autores del 11-M, al entender que el tribunal no valoró toda la prueba expuesta en el juicio.
En un informe remitido a la Fiscalía del Supremo, al que ha tenido acceso Efe, la fiscal de la Audiencia Nacional Dolores Delgado, coordinadora en materia de terrorismo islamista, cree que cabe recurrir en casación esta sentencia de la sección segunda de lo Penal, notificada el 12 de mayo, porque no está suficientemente "motivada" y adolece por tanto de "fallo corto o incongruencia omisiva".
Según la fiscal, el tribunal, que motivó su decisión de absolver a la mayor parte de los acusados en la ilegalidad de la intervención de correos electrónicos y que reprochó a Delgado no haber "aportado pruebas relevantes" sino "meras afirmaciones, no ha tenido en cuenta la calificación alternativa de colaboración con organización terrorista que propuso para los acusados Bilal El Siti, Mustafá Mohamed Abdeselam y Abdelmalik Abselam Amak.
En el domicilio de los tres se hallaron armas, municiones, pasamontañas, grilletes y una cinta magnetofónica en la que se escuchan frases como "Oriente y Occidente tienen que saber que somos terroristas y que damos miedo, y que hay que hacerles cualquier cosa que asuste. El terrorismo es un deber en la religión de Dios".
Todos estos elementos, prosigue la fiscal, "permitían cuanto menos establecer una calificación de colaboración al concretarse en la ocultación de armas y la comunión con los fines yihadistas".
"Lejos, siquiera de analizar ese material probatorio desde la perspectiva de la colaboración terrorista, la Sala se limita a afirmar en los hechos probados que: 'no consta que los referidos formaran parte de ninguna organización'" terrorista y "guarda absoluto silencia sobre la alternativa jurídica de colaboración", lamenta Delgado.
Al no haber dado "respuesta a todas y cada una de las cuestiones jurídicas alegadas", se ha producido, según la fiscal, una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que "se hubiera satisfecho con la obtención de una respuesta fundada en derecho" a todas esas cuestiones y eso "enlaza directamente con el deber de motivar las resoluciones judiciales".
En su informe a la Fiscalía del Supremo, que es la que debe decidir si recurre la sentencia, Delgado denuncia además que el tribunal, presidido por Fernando García Nicolás (uno de los tres magistrados que juzgaron el 11-M), tampoco ha tenido en cuenta otras pruebas practicadas en la vista que cree hubieran servido para condenar a los acusados Driss Belhadj, Said El Mazmouzzi, Redouan El Ouarma, Yagoub Guemereg y Tarek Hamed Hamu.
Sobre estos cinco, asegura que el tribunal "rechaza tácitamente" valorar, entre otras pruebas, las declaraciones incriminatorias que prestaron varios testigos, así como algunas de las declaraciones autoinculpatorias que ellos mismos hicieron en sede policial.
En relación con la "operación Tigris", en la que en 2005 se produjo la desarticulación de esta célula terrorista, la sección segunda únicamente condenó a Kamal Ahbar y a Samir Tahtah a 9 años de prisión por integración en organización terrorista, a Mohamed El Idrissi a 5 años por colaboración y a Hamed Hamu a dos años por falsificación.
Al resto les absolvió por la vulneración de derechos fundamentales, entre ellos "el derecho al secreto de las comunicaciones", y atribuyó la responsabilidad de esa vulneración a los jueces de instrucción, Baltasar Garzón y Fernando Grande-Marlaska (que le sustituyó durante su estancia en Estados Unidos" y a la Policía.
La sentencia consideraba probado que los miembros de esta célula, liderada por Ahbar y Tahtah, participaron en el envío de "muyahidines" a Irak, entre ellos alguno de los presuntos autores del 11-M, que tras huir de España lograron perpetrar atentados suicidas en dicho país árabe.
La red propició, según la sentencia, la salida de España de Mohamed Alfalah, Daoud Ouhanne, Said Berraj, Otman el Mouhib y Abdellilah Hriz y Mohamed Belhadj, encarcelado recientemente en Marruecos tras ser detenido en Siria.
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