Este artículo se publicó hace 17 años.
El Gobierno aprueba el reglamento de aplicación de la ley para ayuntamientos y diputaciones
El Consejo de Ministros aprobó hoy el Reglamento de aplicación de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria a las Entidades Locales, que permitirá que se tomen medidas cuando una diputación o un ayuntamiento estén en "serio riesgo" de incumplir el objetivo de estabilidad presupuestaria.
Este reglamento, cuyo objetivo es facilitar a las entidades locales que alcancen la estabilidad en sus cuentas, entrará en vigor en 2008 y prevé el establecimiento de un mecanismo de supervisión y alerta para que las autoridades tomen medidas si una entidad local incumple su objetivo de estabilidad.
Otra de sus novedades es que establece un objetivo individual de estabilidad para cada diputación y consistorio, asegura la reseña del Consejo.
En el caso de los ayuntamientos de más de 75.000 habitantes o que sean capitales de provincia o de comunidad autónoma, los criterios para autorizar operaciones de endeudamiento y para aprobar planes de reequilibrio serán "más estrictos".
Así, además del pleno de la corporación, necesitarán de la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda o de la correspondiente comunidad autónoma, según lo marca la Ley de Estabilidad.
Otra de las medidas del citado Reglamento para incrementar la transparencia es que la que determina que el Ministerio de Economía y Hacienda dará información cada año sobre los planes económico-financieros de las entidades, así como del volumen de su deuda viva.
También lo hará con las diputaciones y ayuntamientos que no remitan los datos de sus presupuestos y de sus liquidaciones, de sus entes dependientes o vinculados o de las variaciones que se produzcan en sus operaciones de endeudamiento.
Asimismo, el Reglamento establece que los planes de reequilibrio que aprueben las entidades locales tengan la misma publicidad que sus presupuestos.
Por otro lado, la norma contempla otorgar rango legal a las bases de datos del Ministerio de Economía sobre los presupuestos y liquidaciones de los ayuntamientos y diputaciones, así como de los entes que componen el sector público local.
De esta forma se garantiza, en un futuro, la posibilidad de acceder a esa información e intercambiarla con las comunidades autónomas a través de convenios.
La reseña explica que este Reglamento pretende mejorar el control y la estabilidad financiera de las corporaciones y clarifica la tutela financiera sobre las entidades locales.
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