Este artículo se publicó hace 13 años.
Hacienda prevé devolver más de 11.000 millones a los contribuyentes
Desde este lunes ya se puede solicitar el borrador de la declaración de la renta 2010
La campaña de la declaración de la Renta ya está en marcha: desde este lunes y hasta el próximo 27 de junio, los contribuyentes ya pueden solicitar el borrador.
Una vez recibido, los contribuyentes deben revisar el borrador y pueden modificarlo o completarlo si quieren. Hecho esto, podrán confirmarlo, este año como novedad, a partir del mismo 4 de abril si lo hacen por vía telemática o telefónica, pero a partir del 3 de mayo si la confirmación se realiza de forma presencial o por otras vías. En ambos casos, el plazo concluye el 30 de junio (hasta el 27 de junio si domicilia el pago).
Hasta este año, la práctica habitual de la Agencia Tributaria era abrir el plazo de solicitud del borrador a comienzos de marzo y no se podía confirmar hasta principios de abril. Sin embargo, ahora se ha retrasado la fecha para solicitarlo y, por ello, petición y confirmación se han solapado, pero sólo en el caso de las confirmaciones telemáticas o telefónicas: el mismo día que se recibe (4 de abril) se puede confirmar.
Como consecuencia de esta novedad, los contribuyentes que deseen disponer del borrador o de los datos fiscales desde este lunes sin esperar a que Hacienda se los remita podrán obtener, a través del portal de internet de la Agencia Tributaria o mediante una llamada telefónica (901 12 12 24), el número de referencia que les permita acceder a los mismos por internet.
La Agencia Tributaria prevé devolver un total de 11.167 millones de euros (-7,33%) a 15,2 millones de declaraciones en la Campaña de Renta 2010, según adelantó este lunes el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, que señaló que se esperan para este año 19,4 millones de declarantes.
Por otra parte, se prevé que 3,8 millones de contribuyentes presenten declaraciones con derecho a ingresar con una cuantía total de 6.184 millones de euros, un 3,46% más que la campaña anterior.
Quién declaraSe mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reduccones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
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