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Uno de los magistrados de la minoría votó pese a estar hospitalizado

EFE

El voto del magistrado Francisco Hernando -contrario a la inscripción de Sortu como partido político- figurará en la sentencia en la que el Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de la formación abertzale, pese a que ayer fue intervenido quirúrgicamente y hoy estaba hospitalizado.

Así lo han informado a Efe fuentes del alto tribunal, que han señalado que el voto de Hernando se contabiliza pese a su ausencia de la reunión que el pleno de hoy, porque había intervenido en las deliberaciones anteriores y había manifestado ya su postura contraria a que Sortu figure en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

En la votación de hoy se ha repetido el resultado -seis a cinco- que el 5 de mayo del año pasado permitió que Bildu -coalición integrada por Eusko Alkartasuna (EA), Alternatiba y abertzales independientes- concurriera a las elecciones locales del día 22 de ese mes.

Así, a favor de estimar el recurso de Sortu han votado el presidente del Constitucional, Pascual Sala; el vicepresidente Eugeni Gay y los magistrados Luis Ortega, Pablo Pérez Tremps, Adela Asua y Elisa Pérez Vera, ponente del asunto y encargada de redactar la sentencia que se notificará en los próximos días.

En contra, además de Hernando, han votado Francisco Pérez de los Cobos, Ramón Rodríguez Arribas, Javier Delgado y Manuel Aragón.

Tres de ellos han anunciado votos particulares.

El Constitucional, en una nota informativa distribuida esta tarde, señala que el pleno ha acordado "declarar vulnerado el derecho de asociación de los recurrentes en su vertiente de libertad de creación de partidos políticos", establecido en el artículo 22 de la Constitución, en relación con el número 6.

En consecuencia, ordena "restablecerlos en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del auto de la sala especial del Tribunal Supremo (...) por el que se declaró la improcedencia de la constitución del partido político por ser continuidad o sucesión del partido político declarado ilegal y disuelto Batasuna y se denegó su inscripción en el Registro de Partidos Políticos".

Así, el tribunal reconoce a los miembros de Sortu "el derecho a la inscripción de dicho partido político".

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