Este artículo se publicó hace 11 años.
El permiso de lactancia para hombres confunde a la Benemérita
El sindicato CSIF denuncia que la Guardia Civil no tiene un criterio único sobre este asunto y que mientras se lo concede a unos agentes se lo deniega a otros
El sindicato CSIF ha denunciado este jueves que la Guardia Civil no tiene un criterio único a la hora de conceder el permiso de lactancia a los hombres y "este derecho puede variar en función de la comandancia" en la que se encuentre destinado el agente que acaba de ser padre.
En un comunicado, el sindicato mayoritario en la Administración Pública ha explicado que a un guardia civil destinado en Laguna de Duero (Valladolid) se le denegó recientemente ese derecho alegando que su pareja no tiene trabajo, mientras que un mes antes sí se le concedió a un compañero destinado en la localidad pontevedresa de Moaña.
En el primer caso, el agente solicitó el pasado 9 de abril un permiso por lactancia retribuido en la modalidad de acumulación por jornadas completas que le fue denegado por el teniente coronel jefe de la Comandancia de Valladolid, amparándose en que su mujer no trabajaba.
Esta negativa fue ratificada el pasado 5 de junio por el general jefe de la Zona de Castilla y León, que reconoce la legislación nacional y la Orden de la Guardia Civil que ampara el derecho a lactancia del padre, pero advierte de que no es vinculante la Sentencia del Tribunal de Justicia Europea a la que alude el interesado.
En esta sentencia se afirma que los guardias civiles tienen el mismo derecho que el resto de los funcionarios a disfrutar del permiso de paternidad "con independencia de la situación laboral de su mujer".
El general jefe de Castilla y León alude a lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se refleja que ese derecho "podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen", y desestima el recurso del demandante.
Esta decisión se tomó un mes antes de que, el pasado 6 de mayo, el coronel jefe de la Comandancia de Pontevedra concediera el permiso a un agente destinado en Moaña al entender que, aunque con una interpretación literal de la norma podría denegarlo, se debe tener en cuenta el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución y en el Código Civil.
En este último se recoge que las normas "deben interpretarse conforme a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas".
El sindicato CSIF ha recordado que esta interpretación de la Comandancia de Pontevedra se deriva de una resolución "histórica" lograda por el sindicato el pasado mes de febrero en la que el Ministerio de Administraciones Públicas "reconoció, por primera vez, el pleno derecho de un funcionario de prisiones a disfrutar del permiso de lactancia, con independencia de que la mujer trabaje por cuenta ajena o no".
Tras las alegaciones del sindicato, basadas en la jurisprudencia europea, el Ministerio reconsideró su denegación inicial al funcionario de prisiones de la cárcel de Herrera de la Manzanares (Ciudad Real) y desvinculó el permiso de lactancia del hecho biológico de dar el pecho, vinculándolo con un tiempo para cuidar al hijo.
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