Este artículo se publicó hace 15 años.
El problema no es la Ley sino su aplicación
La Ley de Seguridad Ciudadana permite a la Policía identificar a cualquier ciudadano español o extranjero y conducir a los indocumentados a Comisaría para sancionarles. No hay ninguna objeción a este diseño legal. Los problemas derivan de la utilización perversa del Ministerio del Interior de esta potestad.
Los controles e identificaciones sistemáticas, desplegando importantes medios en lugares frecuentados por estos (con redadas en locutorios telefónicos, lugares de ocio o intercambiadores de transporte público, a los que se desplazan furgones policiales) son contrarios al Ordenamiento. La Ley de Seguridad Ciudadana es clara: sólo autoriza este tipo de controles cuando se investiga un hecho delictivo causante de grave alarma social. Circunstancia que no concurre en los casos de estancia irregular, que suponen una mera infracción administrativa castigada con multa de 300 euros.
Las identificaciones aleatorias en la vía pública guiadas únicamente por los rasgos raciales tampoco son legales. Sistematizarlas manifiesta su carácter planificado y la utilización arbitraria de la potestad de identificación. Y esta parte de la injustificada presunción de que todo extranjero vive de forma irregular.
Y algo más grave aún: la carencia de fundamento de esta presunción implica que los reiterados requerimientos de identificación de que son objeto los inmigrantes representen un intolerable trato discriminatorio por razones étnicas.
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