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Ryanair defiende que su calendario de chicas en biquini es solidario

Destaca que se respeta la figura de la mujer y se opone a la demanda de Adecua por publicidad sexista, a la que se sumó el Instituto de la Mujer

EUROPA PRESS

El abogado de Ryanair ha defendido el carácter solidario del calendario en el que aparecen chicas en biquini y su campaña de promoción en la web de la empresa, mostrando así su oposición a la demanda presentada por la Asociación de Consumidores Adecua por publicidad sexista, a la que se han sumado la Fiscalía de Málaga y la Abogacía del Estado, en representación del Instituto de la Mujer. Ha destacado que se ha respetado la imagen de la mujer.

El juicio ha quedado este jueves visto para sentencia en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga. El motivo de esta demanda es la publicidad en una de las páginas de la compañía en la que aparecía la portada del calendario de 2013 con la imagen de seis mujeres en ropa de baño y la promoción realizada en la web principal, que incluía la expresión 'tarifas al rojo vivo', junto a la de 'y la tripulación'.

Así, tanto el letrado de Adecua, Antonio Castillo, como el fiscal y el representante del Instituto de la Mujer, han sostenido el uso 'torticero' y 'discriminatorio' de la imagen de la mujer, como 'mero reclamo', 'carnaza' o 'gancho publicitario' para la venta de billetes y no del calendario. Así, han pedido que se prohíba la repetición de estas campañas que se vienen realizando varios años y que la publicidad se declare 'ilícita y desleal'.

El abogado de Ryanair, por su parte, ha insistido en varias ocasiones en que se trata de un calendario solidario y los fondos van a asociaciones, aludiendo al que hacen equipos de fútbol o bomberos. 'No sabemos cuál es la diferencia', ha dicho, añadiendo que estas acciones son muy importante, forma parte de la responsabilidad social corporativa y es un 'concepto independiente de la actividad' normal, que es la venta de billetes.

Ha señalado que este calendario de 2013 recaudó 100.000 euros para una asociación de enfermos, con lo que la finalidad social 'es real'. Ha insistido en que en todo momento Ryanair 'respeta' la imagen de la mujer y de las personas que participaron en el calendario, proponiendo la declaración de tres de éstas, lo que no ha sido aceptado por la jueza.

Sobre las páginas web en las que se promocionaba el almanaque, el letrado de la compañía aérea de bajo coste ha explicado en el juicio que una de las que se menciona en la demanda tiene como 'única finalidad' la venta de éste y 'no se asocia en absoluto con la compra de billetes, incluyendo tan sólo una foto de una de las chicas en biquini del calendario, pero no un vínculo para adquirir pasajes.

Respecto a la web principal, ha explicado que en el periodo en el que se comercializa el calendario --de octubre a diciembre-- se modifica la estructura para incluir la promoción del mismo, pero ha mantenido que la idea es que 'la venta de billetes facilite la venta del calendario y no al revés', como sostienen las demandantes. Ha añadido que quien entra en la página ya se presupone que tiene la intención de buscar vuelos.

Ha dicho que se pretende mostrar al consumidor lo que hay en el calendario, por lo que se une una foto de una de las chicas, y ha justificado la expresión de 'tarifas al rojo vivo' y la de 'y la tripulación también' como un 'juego publicitario', relacionándolas con el calendario y su 'bajo precio'. 'No se quiere vender billetes', ha apuntado. Ha añadido que las imágenes de chicas en biquini tienen relación con lo que hace Ryanair, que es 'vender sol, playa, verano'.

Pero las demandantes han rechazado estos argumentos, afirmando que otros colectivos que hacen calendarios solidarios no tienen fines lucrativos, como sí los tiene Ryanair; que es una explicación 'ilógica' decir que dichas expresiones se refieren al calendario, cuando, en su opinión, 'ha quedado acreditado que es a los billetes', y que no hay justificación para el uso de la imagen de la mujer.

Con carácter previo, el letrado de la compañía también ha alegado que Adecua no estaba capacitada para iniciar este procedimiento judicial, por no ser una asociación de defensa de los intereses de la mujer, algo sobre lo que la jueza se pronunciará en sentencia.

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