Este artículo se publicó hace 15 años.
Segundo aprobado del Supremo a Ciudadanía
Avala el contenido anulado por el TSJA referido a los gays
El Tribunal Supremo (TS) ha enmendado por segunda vez la plana a los jueces de la sección tercera del Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) por sus varapalos a la asignatura obligatoria de Educación para la Ciudadanía.
Si en febrero el TS tumbó la objeción de conciencia autorizada por el tribunal andaluz, ahora, en una nueva sentencia, avala los decretos de la Junta de Andalucía que desarrollan los contenidos de la materia y que el TSJA machacó por considerar que vulneraban la libertad ideológica y religiosa e introducían la ideología de género expresión acuñada por los obispos para referirse a los "peligros" de la homo-sexualidad.
El fallo del TSJA anuló las expresiones "de género" y "diversas opciones vitales", y la siguiente frase: "Dado que la construcción de la identidad es una tarea compleja, es necesario que la contribución de la escuela a ese proceso huya de la simplificación y de los enfoques esencialistas, para asumir una perspectiva compleja y crítica".
El fallo llegó a quebrar la unanimidad hubo dos votos particulares con la que fueron dictadas anteriores sentencias a favor de la materia.
El Alto Tribunal concluye que los decretos andaluces no adoctrinanSin embargo, el Supremo, en otro golpe al tribunal que dio alas a la rebelión contra la materia, admite los recursos de la Junta, la Fiscalía y la Abogacía del Estado y concluye que los objetivos de estos decretos ni desbordan los límites de la intervención administrativa en la enseñanza, ni su ejercicio colisiona con el derecho a la libertad ideológica y religiosa.
"[Este derecho] puede desenvolverse plenamente pues, en todo caso, la enseñanza de concepciones diferentes que son reflejo del pluralismo existente ha de hacerse con neutralidad y sin adoctrinamiento", añade el Supremo, que se remite a las sentencias que dictó el pasado febrero contra la objeción para recordar que la asignatura se ajusta a derecho.
Una advertenciaEl pasado febrero tumbó la objeción a la materia porque se ajusta a derechoEl Supremo argumenta, además, que la normativa andaluza se ha dictado en desarrollo de la Ley Orgánica de Educación, "cuya constitucionalidad no ha cuestionado [el TSJA]".
No obstante, el Alto Tribunal también lanza un aviso a la otra parte al advertir de que la legalidad "no excusa de insistir" en que los proyectos educativos de cada centro, los textos y la actividad docente "deben eludir cualquier intento de adoctrinamiento en la exposición de los contenidos que han de reflejar con objetividad el pluralismo social existente".
Mientras, el TSJA ya ha iniciado su segundo asalto a Ciudadanía al admitir un recurso contra un manual, el editado por McGraw Hill, blanco de los sectores críticos con la asignatura.
La demanda fue interpuesta por la familia Flores Cano, los primeros autorizados a objetar, tras la rendija que dejó abierta el Supremo en febrero al sugerir la posibilidad de recurrir manuales concretos.
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