Este artículo se publicó hace 14 años.
Un segundo tribunal declara inconstitucionales los últimos comicios generales
Un tribunal de Hiroshima (suroeste de Japón) declaró hoy inconstitucionales las elecciones generales del pasado 30 de agosto por disparidad de voto, en la segunda sentencia de este tipo sobre los comicios, que sin embargo no serán anulados.
La sentencia de Hiroshima se produce un mes después de que un tribunal de Osaka admitiera la inconstitucionalidad de las elecciones -en las que venció el Partido Democrático (PD)- por la disparidad de voto entre las regiones.
"Una elección en la que la disparidad en el valor de voto es superior a 2 representa una violación de la Constitución", afirmó hoy el juez de Hiroshima Satoshi Hirota, citado por la agencia Kyodo.
La sentencia, igual que la de Osaka, se basa en la disparidad representativa de un sufragio entre la circunscripción con la mayor y menor densidad de votantes, que hizo que un voto en el distrito 3 de Kochi (sur de Japón) contara 2,30 veces más que uno en el distrito 4 de Chiba (cercanías de Tokio).
La demanda fue interpuesta por un votante de Hiroshima, que afirmó que la disparidad "viola el derecho que garantiza un voto por cada ciudadano".
En su sentencia, el magistrado subrayó que el Parlamento ha descuidado los esfuerzos para corregir esta disparidad, "inaceptable a la luz del espíritu de la Constitución".
No obstante, rechazó la petición del demandante de anular los comicios en la circunscripción, tal y como hizo el tribunal de Osaka hace un mes, alegando que ello iría contra el interés público.
La victoria del PD liderado por el actual primer ministro, Yukio Hatoyama, en esa votación terminó con 54 años de Gobierno casi ininterrumpido del Partido Liberal Demócrata (PLD) de Japón.
En las anteriores elecciones generales, en septiembre de 2005, la máxima disparidad de voto alcanzó las 2,17 veces y el Tribunal Supremo dictaminó entonces que aquel índice no iba contra la Constitución del país asiático.
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