Este artículo se publicó hace 14 años.
Una sentencia con interpretaciones enfrentadas
Los trabajadores del Metro de Madrid han llevado ante los tribunales los servicios mínimos en varias ocasiones
Àlex Romaguera
Los trabajadores del Metro de Madrid han llevado ante los tribunales los servicios mínimos en varias ocasiones. En una de ellas, de este mismo 2010, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictó una sentencia sobre los paros convocados en Metro durante varios días de marzo y abril de 2009 y que finalmente no se llevaron a cabo y cuya interpretación puede ser vista de diferentes formas.
Por una parte, la Comunidad de Madrid asegura que dicha sentencia avala los servicios mínimos del 50%, sobre los que empresa y sindicatos tampoco llegaron a un acuerdo entonces. El texto señala que el funcionamiento del 50% de los trenes "no aparece como excesivo ni limitador del derecho de huelga".
Por otra parte, la sentencia detecta una "deficiente motivación en el sentido de que impide apreciar la proporcionalidad de los servicios mínimos establecidos". Es decir, que a juicio del TSJM, la comunidad no aportó los suficientes datos para poder determinar si eran proporcionados. "Siempre hemos denunciado a posteriori y los jueces nos han dado la razón", aseguró a Público el portavoz del comité de huelga, Antonio Asensio.
Sin embargo, para el socio director de Sagardoy Abogados, José Manuel Martín, que asesora a Metro en este conflicto, este no es el debate: "Los servicios mínimos hay que cumplirlos, no sirve decir que como en una ocasión no estaban justificados ahora no los van a cumplir".
No obstante, el secretario general de CCOO de Madrid, Javier López, ya anunció que estudian llevar a los tribunales al Gobierno regional por posible prevaricación por establecer los mismos servicios mínimos que varias sentencias han calificado de abusivos.
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