Público
Público

El Supremo abre la puerta al control político de los contratos de la Gürtel

La parlamentatia de Compromis, Mónica Oltra, ha celebrado la sentencia; 'facilitar datos de unos contratos administrativos no es una cuestión política sino es una auténtica vulneración de derechos fundamentale

EFE

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que obliga al Gobierno valenciano a facilitar a Compromís los contratos menores que la Generalitat firmó con empresas relacionadas con la trama Gürtel entre 2003 y 2008 y que se les negaron, argumentando que el caso estaba bajo secreto de sumario. El fallo, facilitado hoy por Compromís, rechaza el recurso interpuesto por la Generalitat contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia valenciano que también daba la razón al grupo de la oposición al exigir los contratos con las empresas que aparecían en el auto que dictó Baltasar Garzón.

La portavoz adjunta de Compromís Mónica Oltra ha destacado la importancia de esta resolución judicial, porque 'abre una línea de jurisprudencia nueva' que ya no considera que la denegación de determinada información sea 'una cuestión política' que se debe 'solventar en las urnas'.

La sentencia, que también condena a la Generalitat al pago de 2.000 euros en costas, confirma que con la negativa del entonces vicepresidente segundo del Consell y conseller de Economía, Gerardo Camps, a facilitar la información solicitada se produjo una 'vulneración del derecho a participar en la política'.

Los diputados de Compromís que solicitaron estos contratos 'no buscaban una respuesta a una cuestión política general sino información necesaria para emprender otras iniciativas de control sobre ese Gobierno', por lo que considera que se vulneran derechos fundamentales recogidos en la Constitución.

'El secreto sumarial alegado en términos bien indeterminados no es razón que justifique la negativa a facilitar datos de unos contratos administrativos que nada dicen del proceso penal, pues son previos a él y no tienen por sí mismos carácter secreto sino todo lo contrario', explica.

El Supremo recrimina a la Generalitat que en ningún momento del procedimiento judicial explica 'de qué secreto se trata' ni de 'por qué ha de verse afectada por él', y señala que se ha limitado a hacer 'unas consideraciones generales sobre ese secreto y sobre su utilidad para impedir filtraciones y evitar juicios paralelos'.

Niega que facilitarles la información solicitada pueda implicar la existencia de 'juicio paralelo alguno' y sostiene que la existencia de un proceso penal no es 'obstáculo' para que los parlamentarios controlen la acción del Gobierno.

Así, concluye que el Consell 'incumplió su obligación de facilitar la información que se le había pedido pues no había razones fundadas en Derecho que ampararan su posición y, por tanto, incurrió' en una infracción de la Constitución.

Oltra, quien ha expresado su satisfacción por la sentencia, ha destacado que esta sienta un precedente que puede afectar a los cuatro recursos que tienen presentados ante el TSJCV por la negativa de la Generalitat de facilitarles información sobre el informe que sirvió de base al ERE de RTVV, estudios demoscópicos, el canon de la Fórmula Uno y de un plan para mejora de instalaciones educativas.

El Supremo resuelve que el que un gobierno dé o no documentación 'no es una cuestión que se pueda resolver en las urnas, sino que es una auténtica vulneración de derechos fundamentales que el poder judicial puede tutelar', ha destacado la parlamentaria de Compromís, quien ha advertido de que si el Consell sigue negándose a facilitarles la información que piden recurrirán a la vía penal.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias