El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de los ex dirigentes socialistas Aida Álvarez y Juan Carlos Mangana y los otros acusados en el "caso SEAT", pieza separada del "caso AVE", relacionado con la supuesta financiación irregular del PSOE.
Así lo ha acordado en una sentencia, en la que desestima los recursos de la Fiscalía y del PP contra la dictada en 2007 por la Audiencia Provincial de Madrid, que absolvía a los acusados de todos los delitos que les imputaba el fiscal y la acusación popular por la supuesta venta fraudulenta de unas parcelas de SEAT.
El origen de este caso se remonta a 1993 cuando se descubrió el pago de un talón de 901.518 euros y de otros 150.253 euros en metálico por parte de SEAT para conseguir la recalificación de los terrenos de esta compañía en el Paseo de la Castellana de Madrid.
Además de Álvarez, ex coordinadora de finanzas del PSOE, y Mangana, ex miembro del Comité Electoral de dicha formación, estaban acusados el ex director general de SEAT Juan Antonio Díaz Álvarez, el técnico municipal Arturo García Barbeira, el arquitecto jefe del Departamento de Obras de la Junta Municipal de Chamartín (Madrid) Ignacio Aguirre de Palacio, y la ex esposa del que fuera embajador de Alemania Guido Brunner, Elena Abreu.
La Audiencia absolvió de cohecho a García Barbeira, Álvarez y Mangana al haber prescrito ya sus supuestas responsabilidades, pues desde que se produjeron los hechos en 1988 hasta que fueron denunciados en 1993 transcurrieron más de 3 años, que es el plazo de prescripción establecido para delitos menos graves, lo que confirma el Alto Tribunal al considerar que es correcta su aplicación.
No obstante, reconocía que Aida Álvarez y Juan Carlos Mangana favorecieron el delito de cohecho cometido por García Barbeira, ya que mediaron por cuenta de los directivos de SEAT ante el técnico responsable de informar las licencias de obra, además de instrumentar a través de ellos el pago de la remuneración, prestando cuentas invisibles para realizar los trasvases monetarios.
El fiscal afirmó en la vista pública para estudiar los recursos que la Audiencia "se equivoca" y pidió al Alto Tribunal que condenara a los acusados, al igual que lo hizo la letrada del PP.
Por su parte, Aida Álvarez también recurrió la sentencia, ya que, según su letrado, le era "desfavorable desde el punto de vista social y de consideración pública", pero el TS desestima su recurso.
El TS indica que Álvarez "tiene derecho a defender su honor", que "siempre queda en mal lugar con un pronunciamiento absolutorio por prescripción del delito", pero ha quedado probado que "dirigió todo el negocio de distribución de 901.518 euros como protagonista principal".
La Audiencia madrileña también absolvió a Álvarez, Mangana y García Barbeira de los delitos de falsedad documental y maquinaciones para alterar el precio de las cosas, que les imputó el PP en el ejercicio de la acción popular, al considerar que no han existido en este caso.
Por último, también absolvió a la acusada Elena Abreu Apellániz, a quien se acusaba de partícipe a título lucrativo.
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