Este artículo se publicó hace 15 años.
El Supremo impide cursar materias sueltas en 2º de Bachillerato
El Tribunal Supremo anuló el martes un artículo del Real Decreto de Enseñanzas Mínimas de 2007 que permitía a los alumnos de primero de Bachillerato que hubieran suspendido hasta cuatro asignaturas matricularse de éstas y de algunas del siguiente curso.
La sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal ha dado la razón al recurso presentado por la Federación Española de Religiosos de Enseñanza Titulares de Centros Católicos (FERE-CECA), y asegura que la normativa es contraria a la Ley Orgánica de Educación (LOE).
Esta ley establece que los alumnos promocionarán de primero a segundo cuando tengan calificación negativa en un máximo de dos asignaturas.
El artículo anulado establecía que los alumnos con tres o cuatro materias suspensas podían repetir el curso completo, o matricularse en dichas materias y en dos o tres más de segundo de Bachillerato, siempre que no coincidan con las no aprobadas.
El recurso establecía que el concepto de "promoción" está muy arraigado en la legislación española vinculado a un curso completo, no a asignaturas sueltas.
aspecto que destacó el Abogado del Estado - pero sí tiene potestad para afirmar que el Gobierno no ha respetado la ley - la LOE -, como norma de superior rango a la que se encuentra sometida.
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