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El TC avala la ley navarra para la asistencia sanitaria a 'sin papeles'

EFE

El Tribunal Constitucional ha dado la razón a Navarra y ha levantado parcialmente la suspensión sobre la Ley de Asistencia Sanitaria Gratuita en esta comunidad, que reconoce a los residentes en la comunidad foral, incluidos extranjeros y residentes en situación irregular, el derecho a la asistencia sanitaria gratuita pública.

El Alto Tribunal permite que se ponga en práctica las prestaciones de asistencia gratuita por la sanidad pública navarra a cualquiera que demuestre ser residente en la citada comunidad foral, aunque mantiene la suspensión en cuanto a las prestaciones farmacéuticas.

En su resolución, el Constitucional sostiene que 'el derecho a la salud y el derecho a la integridad física de las personas afectadas por las medidas impugnadas, así como la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad, poseen una importancia singular en el marco constitucional, que no puede verse desvirtuada por la mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado'.

El Alto Tribunal considera que el abogado del Estado no ha demostrado suficientemente que 'el impacto económico' de la prestación de asistencia gratuita por la sanidad pública navarra a un colectivo que incluye a extranjeros o inmigrantes irregulares 'comporte una desviación presupuestaria que pudiera considerarse como un perjuicio económico'.

El TC rechaza también que, como alegaba la Abogacía del Estado, el derecho a la salud quede igualmente garantizado en virtud de las 'diferentes medidas desarrolladas por los poderes públicos'.

TC: 'La asistencia sanitaria no puede verse desvirtuada por la mera consideración de un eventual ahorro económico'

Según afirma el auto del Constitucional, tampoco queda acreditado que 'dicha asistencia sanitaria se preste en los mismos términos que la otorgada' por la ley foral impugnada.

El Gobierno central recurrió esta norma ante el Constitucional en noviembre de 2013 en su apartado uno, que reconoce ese derecho a todas las personas con residencia en Navarra, sin excepción, y en su apartado dos, que define en términos amplios lo que se entiende por 'residencia'. El Ejecutivo de Mariano Rajoy consideró que la ley foral de Navarra invadía sus competencias y en su recurso solicitó al Alto Tribunal la suspensión de la norma de modo cautelar en tanto no se resolvía el fondo del asunto, suspensión que el TC adoptó de manera temporal por un plazo que se ha cumplido ahora.

Ya en diciembre de 2012 el Constitucional dio también la razón al País Vasco y levantó la suspensión cautelar de varios de los artículos del decreto vasco que regulaban la atención sanitaria a inmigrantes, aunque mantuvo la suspensión para el copago farmacéutico.

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